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Carmen Aristegui
MonitorMVS1025
06:28:00 | 2013.02.27
Legisladores restringen acceso a más fármacos y aprueban profesionalizar parteras
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En dos reformas distintas a la Ley General de Salud, el Pleno de la Cámara de Diputados dio luz verde a cambios para regular, controlar y en su caso prohibir el acceso y prescripción de algunas sustancias de uso farmacológico que podrían emplearse como psicotrópicos; así como modificaciones legales para reconocer a las parteras y “técnicos de la salud” en zonas rurales y de alta marginación en el país, a fin de profesionalizar su labor.
Sobre la restricción al acceso a sustancias que solas o combinadas pueden utilizarse como drogas sintéticas y sustitutos de marihuana y otros enervantes, los legisladores aprobaron por 428 votos, incluir en la lista de sustancias controladas: la mefedrona, piperazina, midazolam, y el canabinoide sintético K2.
Al fundamentar el dictamen que finalmente se envió al Senado para la revisión de los cambios avalados, el secretario de la Comisión de Salud, Mario Dávila, señaló que la reforma permitirá a las autoridades sanitarias del país, aplicar los debidos controles y vigilancia sobre el uso terapéutico o indebido de dichos componentes.
El legislador indicó que de acuerdo a la Comisión Nacional para la Prevención y Control de las Adicciones (CONADIC), la mefedrona es un estimulante sintético que causa los mismos efectos que el éxtasis.
En el caso del midazolam, parte de la familia de las benzodiacepinas, puntualizó que es una sustancia de efecto limitado, que funciona como tranquilizante, actúa sobre el sistema nervioso y tiene efectos sedantes y anticonvulsivos, pero se puede adquirir libremente.
Sobre la piperazina, apuntó que por si sola no genera efectos mayores y se prescribe como “antihelmíntico” en casos de pacientes con parásitos, pero combinada con benzylpiperazina, también se vende como un sustituto del éxtasis y en el mercado se le denomina como “x legal”; mientras que el K2 es un derivado sintético de la cannabis, cuyo efecto es más potente que la propia mariguana e incluso se consume en forma de bebida.
Para poner candados a la utilización, acceso y abuso de tales compuestos que también tienen fines farmacológicos, añadió el diputado Dávila Delgado, es que se determinó integrarlos a la lista de sustancias “nocivas”.
Al respecto, diputados de todos los partidos reconocieron que en el país, el consumo de estupefacientes de diseño o sintéticos; así como de fármacos de prescripción controlada, va a la alza y ello obliga a establecer mayores límites legales.
Apuntaron que de acuerdo a las autoridades, las drogas sintéticas tienen consecuencias más peligrosas que la cocaína y la mariguana; y según la Encuesta Nacional de Adicciones, aproximadamente el 90 por ciento de los enervantes que se consumen en el país, son de ese tipo.
Cifras del CONADIC indican que en México existen 3.5 millones de personas de entre 12 y 65 años que consumen o experimentaron con algún tipo de droga, aseveraron los congresistas.
En el caso de las parteras, la reforma se aprobó nuevamente por unanimidad, con 421 votos a favor y 0 en contra.
Los ajustes a la Ley General de Salud en ese punto, manifestaron los legisladores, tendrán por objetivo capacitar a parteras tradicionales o “técnicos de la salud”, para que adquieran más conocimientos y mejoren la atención materno-infantil.
Indicaron que con ello, parteras y “técnicos” se habrán de incorporar al Sistema Nacional de Salud, para que puedan obtener un empleo estable, con prestaciones y con la oportunidad de la apertura de escuelas de “partería técnica”.
Recordaron que en México, la mortalidad materno-infantil sigue siendo un problema grave de salud que denota falta de desarrollo; puesto que el 75 por ciento del total de las aproximadamente mil muertes al año se registran durante el parto, se concentran en 12 entidades, principalmente en la zona sur-sureste del territorio y con población de origen indígena.
Enfatizaron que de acuerdo a los llamados objetivos de “Desarrollo del Milenio”, México debe cumplir con la meta de reducir en dos terceras partes, para el año 2015, sus índices de mortalidad materno-infantil.
No obstante, se siguen presentando cientos de casos anuales, la mayoría de estos en Chihuahua, Oaxaca, Jalisco, Michoacán, Estado de México, Guerrero, Chiapas, Veracruz e incluso en el Distrito Federal.
Los cambios legales, harán posible el reconocimiento oficial de los modelos de educación, atención, certificación, capacitación y actualización de parteras técnicas y tradicionales, que atienden a gran parte de las mujeres en comunidades rurales e indígenas, destacaron.
Refirieron que la Encuesta Nacional de fecundidad y Salud de México, señala que en comunidades con menos de 2 mil 500 pobladores, el 44 por ciento de los partos son atendidos por parteras; mientras que en poblaciones de 2 mil 500 a 20 mil habitantes, el número de casos atendidos por el método tradicional, es de 23 por ciento. ys/m.

 
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