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LaCronica
14:04:00 | 2013.08.03
Propone PRD expedir la Ley Federal de Consulta Popular
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Con miras a garantizar que la soberanía popular sea cada vez más efectiva y a poner en práctica el referéndum y el plebiscito como mecanismos de consulta a la población sobre asuntos de transcendencia nacional, los legisladores Amalia García Medina y Silvano Aureoles Conejo propusieron expedir la Ley Federal de Consulta Popular.
Recordaron que es obligación del Congreso de la Unión expedir esta norma antes del próximo 9 de agosto, tal como lo establece la reforma constitucional publicada en igual fecha del año pasado y en la que se instituyen los derechos a la Iniciativa Ciudadana y a la Consulta Popular.
Indicaron que su propuesta de Ley de Consulta Popular comprende 57 artículos distribuidos en 12 capítulos y en ellos se faculta al Congreso a convocar a la población para opinar sobre asuntos como los mencionados.
Sin embargo, aclararon, que quedan fuera de este marco normativo los relativos a derechos humanos; carácter representativo, democrático, laico y federal de la República; régimen interior de los estados; asuntos electorales; ingresos y gastos del Estado; seguridad nacional y organización, funcionamiento y disciplina de la Fuerza Armada permanente.
Los diputados del PRD aclararon que la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolverá, previo a la convocatoria que realice el Congreso de la Unión, sobre la constitucionalidad de la materia de la consulta.
Asimismo, abundaron, se plantea que la Universidad Nacional Autónoma de México diseñe y realice las consultas y que dos organizaciones ciudadanas seleccionadas por la Cámara de Diputados, así como el Instituto Federal Electoral y el Instituto Federal de Telecomunicaciones la auxilien.
Lo anterior, precisaron, no obsta para que todo servidor público federal, en el ámbito de sus respectivas facultades, cumpla y haga cumplir esta Ley, así como facilitar la participación ciudadana y abstenerse de utilizar cualquier medio que inhiba dicha participación.
Hicieron notar que los derechos de los ciudadanos, por su parte, quedan enlistados y se cuentan entre ellos los de promover, solicitar, participar directamente y votar en los mecanismos de consulta popular, así como impugnar sus resultados ante las instancias jurisdiccionales correspondientes, y denunciar a funcionarios que contravengan esta ley, entre otras.
Comentaron que los requisitos para ejercer tales derechos serían tener credencial de elector vigente expedida al menos 60 días antes de la consulta y abstenerse de perturbar el orden y la tranquilidad públicos, así como el desarrollo habitual de las actividades de otras personas e instituciones, sean públicas o privadas.
El plebiscito y el referéndum comparten la regulación desde la convocatoria hasta la declaración de validez con efectos vinculatorios.
Señalaron que podrían solicitar que se convoque a consulta popular el Presidente de la República, el 20 por ciento de integrantes de cualquiera de las dos cámaras del Congreso o al menos 0.5 por ciento de las y los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores.
Los representantes perredistas, indicaron que la cantidad máxima de preguntas sería de cinco; las fechas las determinará en cada caso el Congreso; en la difusión y capacitación podrán participar organizaciones civiles e instituciones de educación superior, y en la instrumentación apoyarían el Ejecutivo y las instituciones competentes.
Tendrán efectos vinculatorios, dijeron, los resultados aprobados por al menos 51 por ciento de quienes votaron y cuando la votación total ?en el sentido que sea- corresponda al menos al 10 por ciento de las y los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores.
Para asegurar la plena aplicación de esta Ley, García Medina y Aureoles Conejo propusieron, que el incumplimiento de sus disposiciones por parte de las autoridades y ciudadanos sea sancionado administrativa y penalmente.
Para el financiamiento, externaron, el Presupuesto de Egresos de la Federación deberá contener una partida especial para la UNAM y el IFE.
Queda prohibido que las y los ciudadanos, individual o colectivamente, aporten recursos propios para dichas consultas, precisaron./arm/m

 
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