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Boletín N°. 2330 Aprueba el Pleno tipificar los delitos cibernéticos; es un nuevo concepto delincuencial

Con el propósito de establecer un tipo penal que regule los delitos cibernéticos como la interferencia, diseño y transmisión de programas tendientes a bloquear, conocer o extraer información con el ánimo de causar perjuicio a otras personas, realizadas por hackers y crackers, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó con 355 votos a favor, 1 abstención y 6 en contra, el dictamen que adiciona un párrafo tercero al artículo 211 bis 1, y los artículos 211 bis 8 y 211 bis 9 del Código Penal Federal.

El documento especifica que se sancionará al que transmita programas conocidos como virus, con la finalidad de sustraer datos o información contenida en sistemas o equipos de informática, del Estado e instituciones que integran el sistema financiero, estén o no protegidos por algún mecanismo de seguridad.

Señala que a las personas jurídicas que participen en la comisión de estos ilícitos se les impondrá sanción de quinientos a mil días multa y la suspensión temporal de sus actividades hasta por seis meses llegando a ordenarse, en su caso, su liquidación, cuando dichas infracciones sean cometidas en su beneficio por cualquier persona que actúe a título particular o como parte del órgano directivo de la persona jurídica.

Asimismo resalta que se les aplicará multa de seis meses a dos años de prisión y de cien a trescientos días multa. Indica que es el Poder Legislativo quien tiene la obligación de hacer las reformas que contribuyan al buen funcionamiento del canal de comunicación y proporcionar seguridad y confiabilidad a los usuarios.

Precisa que el manejo y el uso de información en la red tiene demasiadas áreas por explotar, por lo que los vacíos existentes en la aplicación y formulación de leyes convierten a esta herramienta informática en una espacio propicio para el diseño de ejecución de delitos cibernéticos.

Secretaría de la Función Pública

A efecto de cambiar la denominación de Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo por el de Secretaría de la Función Pública en la Ley Federal de Responsabilidad Administrativa de los Servidores Públicos, la Cámara de Diputados avaló por unanimidad las reformas a los artículos tercero y quinto de dicha normatividad.

Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles

Fue aprobado por 347 votos el dictamen que deroga las fracciones V y VI del artículo 114 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, para eliminar de este marco jurídico las palabras flora y fauna que vienen implícitas en el concepto de biodiversidad que dicha norma contempla en su fracción IV.

Asimismo se prevé que el Premio Nacional de Preservación del Medio Ambiente, el cual se otorga para resaltar la labor de quienes hacen de la ecología su propia causa, no desaparece y se considerará su entrega a personas, agrupaciones y comunidades que han dedicado esfuerzos a favor de la preservación y conservación de la flora y fauna bajo la categoría de biodiversidad. Se envió el dictamen aprobado al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada

Recibió 361 votos a favor, ninguno en contra y dos abstenciones, el dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos que reforma los artículos 15, párrafo segundo y 19 de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, que dará certeza jurídica a esta legislación mediante la modificación de la palabra “podrá” por “deberá”.

En el artículo 15 se agrega el concepto “substanciar”, a fin de garantizar una atención adecuada y expedita por parte del Tribunal Unitario de Circuito.

Lo anterior, debido a que el Ministerio Público de la Federación, que tiene que recurrir a dicho Tribunal, por el retraso en la actuación del juez de distrito respecto al pedimento de una orden de cateo, requiere de la norma precisa que garantice su actuación oportuna como representante de la sociedad en la investigación y persecución de delitos.

Evitar obesidad en la niñez

Para disminuir el índice de obesidad en la niñez, la Cámara de Diputados aprobó por 364 votos reformas al artículo 113 de la Ley General de Salud, e incluir la figura de Escuelas Saludables y Seguras y la práctica de la actividad física aeróbica en los niveles de preescolar, primaria y secundaria.

El documento enviado al Senado para sus efectos constitucionales, advierte que la obesidad es una de las enfermedades crónicas, reconocida por la Organización Mundial de la Salud como epidemia mundial y que afecta de modo significativo a los niños, situación que se ha incrementado en los últimos años.

También expresa que la tendencia familiar a dicha enfermedad es muy clara y que la probabilidad de que un niño obeso lo siga siendo en su edad adulta es del 50 por ciento y del 70 por ciento si la desarrolla en la adolescencia.

Se precisa que las secretarías de Salud y de Educación Pública, los gobiernos de las entidades federativas y las dependencias y entidades del sector salud, desarrollarán programas que contemplen la obligatoriedad de escuelas saludables y seguras y la práctica de la actividad física aeróbica.

Ley de Seguridad Nacional

De igual forma, el Pleno aprobó en lo general y en lo particular con 363 votos a favor y 2 abstenciones, el dictamen de la Comisión de Gobernación por el que se modifica el artículo 58 y adiciona un segundo párrafo al artículo 56 de la Ley de Seguridad Nacional, para se establezca la creación de una presidencia dentro de la Comisión Bicamaral Encargada del Control y Evaluación de las Políticas y Acciones vinculadas con la Seguridad Nacional.

Dicha presidencia estará a cargo, de manera rotativa y periódica, de un senador y un diputado y la sede será el recinto del legislador que la ostente.

La reforma plantea que si la Comisión lo considera pertinente, citará a comparecer al Secretario Técnico del Consejo de Seguridad Nacional para explicar el informe general de las actividades desarrolladas en el semestre inmediato anterior. Fue turnado al Senado de la República donde continuará su trámite legislativo.

 
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