Óscar Mario Beteta
RadioFormulaCadenaNacional
08:00:00 | 2008.07.08
Determinó la SCJN que las llamadas multas fijas son inconstitucionales: Adolfo Arrioja
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Vía telefónica se conversó con Adolfo Arrioja, abogado del Consejo Coordinador Empresarial, comentó que la resolución de ayer de la Suprema Corte de Justicia de invalidar multas que el IFE podía aplicar a ciudadanos, empresas o partidos políticos que violen la prohibición de contratar propaganda electoral en radio o televisión, que se hizo con base en una jurisprudencia que todos los involucrados impugnamos, establece que las llamadas multas fijas son inconstitucionales, la multa fija es aquella que no señala un mínimo o un máximo para su aplicación, es aquella que se impone por una cantidad precisa en todos los casos.

La interpretación de la Corte que ha dado del artículo 22 de la Constitución, que prohíbe la aplicación de penas inusitadas y trascendentales, es que al aplicarse multas la ley siempre debe establecer parámetros que tomen en cuenta las características de la infracción, la capacidad económica del infractor, el hecho de que sea o no un reincidente, que se trate o no de una práctica establecida, en fin, una serie de características a evaluar para poder graduar el monto de la infracción. Cuando no se respeta ese criterio y lo que se hace es que a todos los que infrinjan esta ley les van a aplicar la misma multa, esa parte de la ley es inconstitucional y eso es lo que se hizo en el Cofipe. Duración 25’, nbsg/m

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