Sergio Sarmiento
rred
07:38:00 | 2008.10.02
Las personas que alquilen algún inmueble para la realización de delitos serán considerados parte de la organización: Patricia Villanueva –Resumen-
No media file is available. No media file is available. No media file is available. No media file is available.

En entrevista vía telefónica la diputada y secretaria de la Comisión de Seguridad Pública, Patricia Villanueva Abrajan (PRI) comentó:

“En esta posibilidad del paquete de poder crear las normas jurídicas en materia de seguridad pública por la situación que vive nuestro país y por que es necesario adecuarnos a los nuevos tiempos, manejamos este concepto de poder adicionar una fracción al artículo 3 bis, donde nosotros proponemos que las personas que alquilen un inmuebles que sirvan como casas de seguridad y no exista el contrato correspondiente que estipula el código civil federal en su artículo 24-48f, serán parte de la delincuencia, es un referente importante, se adiciona a la ley federal contra delincuencia organizada en ese artículo 3 bis que nosotros proponemos y como consecuencia transmiten el use-goze del inmueble de su propiedad.

Algo común que se ha encontrado en las indagatorias de las casa de seguridad es que no existe contrato correspondiente de renta del inmueble ya que en la mayoría de las veces se hace bajo palabra, no existe persona física que responda, es solamente un nombre y algunos apellidos sin identificación, es por eso que proponemos que se regule esta posibilidad de que cumpla cualquier dueño de u inmueble con el contrato correspondiente y con los requisitos que establece el código civil federal en su artículo correspondiente.

El propósito de esta fracción de adicionar esta modificación es con el propósito de poder cerrar la pinza en todo este conjunto de reformas que aspiramos y que pretendemos poder implementar en muy corto tiempo; hoy en día hablamos de una gran unidad, de una contribución de todos, de que todos podamos aportar nuestro granito de arena, algo común y cotidiano que es llevar a cabo relaciones contractuales con una combinación de voluntades en donde se da el use y disfrute de un inmueble o de una finca es algo que deberíamos de cubrir todos por seguridad del propietario el tener un documento, contrato debidamente registrado y el impuesto que se paga ni siquiera lo paga el propietario ya que lo paga el arrendatario, pero no lo hacemos y en consecuencia todas las casas de seguridad en donde son utilizadas por los secuestradores se lleva a cabo un contrato verbal y no hay identidad de la contraparte”. 11’ 10” A.L./m

H. Cámara de Diputados Coordinación de Comunicación Social