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13:23:00 | 2009.03.11
Revoca también TEPJF el perdón a Televisa por spots
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Érika Hernández, reportera: El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó al Consejo General del IFE abrir el expediente contra Televisa por interrumpir programas televisivos para transmitir spots electorales.

Por unanimidad, los magistrados consideraron que los consejeros no debieron sobreseer el procedimiento sancionador bajo la justificación de que el 11 de febrero, tres días antes de cerrar el caso, firmaron un acuerdo para la normalización de la transmisión de propaganda con la Cámara Nacional de la Industria de la Radio y la Televisión (CIRT).

La decisión es revocar el sobreseimiento acordado por el Consejo General del IFE el 13 de febrero y le ordena al secretario general del Instituto que en un plazo de 24 horas, a partir de que llegue la notificación del Tribunal, presente un nuevo dictamen a los consejeros y lo voten.

El PRD impugnó ante la Sala Superior el acuerdo del IFE de "sobreseer" el procedimiento sancionador contra Televisa por interrumpir el 31 de enero y el 1 de febrero programas televisivos para trasmitir spots electorales, además de añadir una cortinilla en la que justificaba que era una disposición de la autoridad electoral.

Aunque este acto también lo cometió TV Azteca, el PRD sólo impugnó la decisión sobre Televisa.

Al justificar su voto, la magistrada presidenta, María del Carmen Alanis, afirmó que el Consejo debe pronunciarse a fondo del asunto, pues la resolución anterior no se apega a los principios de constitucionalidad y legalidad.

Indicó que el IFE tiene la facultad de administrar los tiempos de radio y televisión, así como aplicar las sanciones por posibles violaciones a la ley.

Además, expuso, ningún acuerdo base, documento o convenio que celebre el Instituto pueden servir como justificación para que la autoridad electoral dé por terminado un procedimiento sancionador de esta naturaleza.

Añadió que el procedimiento sancionador no sólo es eficaz para aplicar medidas precautorias, sino para imponer las sanciones en caso de acreditarse violaciones.

"El IFE debió continuar con el procedimiento y ver si se violaron preceptos o, en caso contrario, absolver", dijo.

El magistrado José Alejandro Luna Ramos, quien presentó el dictamen, calificó como "increíble" que algunos consejeros hayan justificado cerrar el caso por considerar que el acuerdo firmado con la CIRT evitaría que la conducta de las televisoras se repitiera.

"Se ordena levantar el sobreseimiento y se le ordena al IFE que de no existir ninguna otra causal de improcedencia le entre al fondo del asunto, concluya su investigación y determine si el actuar de los concesionarios es o no suficiente para emitir una sanción", comentó. Duración: 0, reoc/m.

H. Cámara de Diputados Coordinación de Comunicación Social