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13:05:00 | 2013.01.26
Proponen tipificar como delito grave la trata de personas
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La fracción parlamentaria de Movimiento Ciudadano en la Cámara de Diputados, dio a conocer que presentó una iniciativa de reformas a los códigos Penal Federal y de Procedimientos Penales.

Con esta propuesta se pretende tipificar como delito grave la trata de personas e imponer sanciones de cinco a 15 años de prisión y multas de mil a veinte mil días de salario mínimo a quien lo cometa.

El legislador Ricardo Mejía Berdeja, recordó que nuestro país ocupa el segundo sitio a nivel mundial en la comisión de este delito, sólo superado por Tailandia.

Hizo notar que de acuerdo a información de la Procuraduría General de la República las entidades con el mayor índice de este ilícito son Quintana Roo, Yucatán, Jalisco, Chiapas, Oaxaca y Guerrero y están entre los 18 estados del país que concentran el 90 por ciento del fenómeno delictivo.

Indicó que a nivel mundial la trata de personas es uno de los negocios más lucrativos, después del tráfico de armas y de estupefacientes.

Apuntó que de acuerdo a estudios de la Organización Internacional del Trabajo las ganancias oscilan entre los 8 y 10 mil millones de dólares al año y 2.4 millones de personas en el mundo están sujetas a la explotación como resultado de la trata de seres humanos.

Expuso que la trata de personas se presenta en diversas formas; sin embargo, todas tienen en común ser conductas orientadas a menoscabar a las personas a la calidad mercancía, sujeta a la oferta y demanda de mercados clandestinos controlados por el crimen organizado.

Recalcó que aun cuando está en vigor la Ley General para prevenir, sancionar y erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, falta mucho por hacer.

“No es suficiente para solucionar esta problemática, por lo cual surge la impostergable necesidad de tipificar el delito dentro del Código Penal Federal”, enfatizó.

Indicó que se propone establecer en el artículo 207 del Código Penal Federal, “que comete el delito de trata quien por acción u omisión dolosa de una o varias personas capte, enganche, transporte, retenga, entregue, reciba, aloje, a una o varias personas a través de engaño, amenaza, violencia física o moral, abuso de poder y situación de vulnerabilidad, con fines de explotación sexual o trabajos forzados.”

También quien practique la esclavitud o acciones análogas a esta; la servidumbre; la mendicidad forzada; matrimonio forzoso o servil; la explotación laboral; tráfico de órganos, tejidos y células de seres humanos vivos, y experimentación biomédica ilícita en seres humanos.

En el artículo 194, inciso 18, del Código de Procedimientos Penales se plantea que se califique como delito grave la trata de personas, dijo.

H. Cámara de Diputados Coordinación de Comunicación Social