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Boletín N°. 1752 Solicita Maldonado Venegas que la PGR explique por qué no ha solicitado acción penal contra el director de NAFIN

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A fin de que la Procuraduría General de República (PGR) informe a la Cámara de Diputados el motivo por el que no ha solicitado el ejercicio de la acción penal contra Mario Laborín Gómez, director general de Nacional Financiera, el diputado Luis Maldonado Venegas (PC) presentó iniciativa ante el Pleno, misma que será analizada por las comisiones unidas de Gobernación y del Distrito Federal.

El diputado recordó que todo inició con un escrito presentado, en el 2003, a la oficina de correspondencia común de los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal en contra de la autoridad responsable denominada Nacional Financiera por violación en su perjuicio de la garantía que consagra el artículo octavo Constitucional relativa al derecho de petición.

El juez octavo de distrito "A" en materia administrativa en el Distrito Federal admitió la demanda de amparo, solicitó el informe justificado de la autoridad señalada como responsable.

De igual forma dio al Agente del Ministerio Público de la Federación la intervención legal que le compete y posteriormente dictó resolución, en donde indica, "la justicia de la unión ampara y protege a Guillermo Garduño Aguilar en contra del acto reclamado a la autoridad responsable".

En respuesta a lo anterior, Mario Laborín Gómez interpuso recurso de revisión, mismo que fue turnado al décimo primer Tribunal Colegiado en materia administrativa del primer circuito.

El 24 de noviembre del 2003 los Magistrados del Tribunal confirmaron, por unanimidad de votos, la resolución recurrida por haber resultado ineficaces los agravios del Director General de Nacional Financiera, por lo que se ratificó la resolución dictada por el juez en el sentido de amparar y proteger al quejoso.

A pesar de lo anterior, hasta la fecha, el director general de Nacional Financiera, Mario Laborín Gómez, no ha cumplido la ejecutoria. "Lo que causa extrañeza es que a pesar de que este funcionario no goza de fuero constitucional, el Ministerio Público Federal no haya solicitado el ejercicio de la acción penal en su contra" señaló el diputado Maldonado Venegas.

Lo anterior pese a que el poder judicial de la federación le dio vista de la demanda de amparo y de los resolutivos. En términos del artículo 113 de la Ley de Amparo, el Ministerio Público tiene la obligación de cuidar que las sentencias de amparo queden enteramente cumplidas.
Maldonado Venegas dijo que esta situación resulta contrastante con las declaraciones que el Presidente de la República y el Secretario de Gobernación cuando indican que en esta administración nadie está por encima de la Ley.

 
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