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A fin de aplicar candados y otorgar mayor seguridad a aquellas personas que expidan o endosen en blanco un cheque, transfiriendo los derechos incorporados en el mismo a un tercero, el diputado Jesús Martínez Álvarez (Convergencia) presentó una iniciativa de reformas a diversas disposiciones de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
El documento turnado a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para su estudio y dictamen, propone también actualizar la redacción del artículo 179 de la mencionada ley, que fija un límite de cinco millones de (viejos) pesos para que un cheque se libre al portador, y establecer que debe ser cinco mil pesos.
Subrayó que con ello México avanzará robusteciendo su Derecho Mercantil, dándole fuerza y motivación a las figuras de endoso que señalan las leyes, al ser medios para trasmitir la titularidad de los derechos incorporados en los cheques, títulos de crédito frecuentemente utilizados como moneda de pago.
Precisó que las modificaciones al artículo 29 de esa ley pretenden incluir en el endoso en blanco de un cheque, al menos el nombre de quien lo realiza, a efecto de que no se permita el cobro sin la certeza jurídica de quien lo expide, libra o tiene la titularidad de sus derechos.
Explicó que el endoso en blanco se refiere a los casos en los que el endosante firma el cheque sin mencionar persona alguna como beneficiario, lo que puede dar lugar a que cualquier persona realice el cobro, mediante la presentación de una identificación en el banco o institución de crédito correspondiente, la firma y la adición de sus datos personales en el reverso del título.
Este endoso sólo se puede hacer en cheques cuyas cantidades no rebasen las establecidas por el banco, que se estipulan en el artículo 179 de la ley en cuestión, puntualizó.
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