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Boletín N°. 1839 Beneficia a los estados el pago del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos de importación

Con 333 votos y cuatro abstenciones se aprobaron reformas a la Ley Federal del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos (ISAN) para que el gravamen por concepto de importación de vehículos se pague hasta el momento en que sean enajenados al consumidor, a efecto de eliminar la carga financiera que tienen actualmente los fabricantes y comerciantes.

Se establece que se integran a la base del impuesto los gastos y el margen de utilidad de los fabricantes y comerciantes de vehículos, lo cual permitirá que la entidad federativa donde se enajenen los automotores importados reciba el monto del ISAN.

Precisa que cuado el gravamen se haya pagado con motivo de la importación o si el vehículo forma parte del activo fijo de las empresas, no se deberá volver a pagar. Agrega que los fabricantes, ensambladores o distribuidores autorizados no deberán hacer la separación del ISAN en el documento que ampare la enajenación, pues son los comerciantes en el ramo quienes deben cumplir con ese requisito.

Se envió al senado de la República para sus efectos constitucionales

Moneda conmemorativa del bicentenario de Benito Juárez

Recibió 323 votos a favor el dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto, que establece las características de una moneda conmemorativa del bicentenario del Benemérito de las Américas. Se envió al Senado para sus efectos constitucionales.

Sociedades Cooperativas

Por otra parte, con 319 votos a favor se aprobó el dictamen de las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Fomento Cooperativo y Economía Social, por el que se adiciona un capítulo VII-A al título segundo de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Lo anterior, con el objeto de adoptar una política fiscal de aliento y promoción de las sociedades cooperativas, ya que dicho esquema es ampliamente aceptado en diferentes países con resultados favorables para sus economías. Se envió al Senado para sus efectos constitucionales.

Obligatoria la enseñanza del Himno Nacional en nivel preescolar y se aprueba su traducción a lenguas indígenas

Asimismo, por 328 votos se aprobó el dictamen de la Comisión de Gobernación que reforma el artículo 46 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, a efecto de que sea obligatoria la enseñanza de la totalidad del Himno Nacional, desde el nivel de educación preescolar.

El objetivo de esta reforma es refrendar la unidad nacional y el respeto a los símbolos patrios a través de la difusión y enseñanza obligatoria del Himno Nacional, para que todo mexicano aprenda su letra íntegra y no la versión corta que, por motivos de economía de tiempo, se interpreta en los eventos oficiales.

En el mismo tema, quedó aprobado con 339 votos a favor y cuatro abstenciones, el dictamen de la Comisión de Gobernación por el que se adiciona un artículo 39 Bis a la mencionada ley, con el fin de que los pueblos y comunidades indígenas puedan entonar el Himno Nacional traducido a la lengua que en cada caso corresponda.

Para ello, se faculta al Instituto Nacional de Lenguas Indígenas para realizar las traducciones correspondientes, las cuales deberán contar con la autorización de las Secretarías de Gobernación y de Educación Pública. Establece que las comunidades indígenas deberán solicitar a dichas Secretarías el permiso para traducir el Himno Nacional y será Gobernación quien lleve el registro de las traducciones autorizadas. La Mesa Directiva devolvió el proyecto al Senado de la República.

Ley Seca

Asimismo, el pleno avaló con 332 votos la reforma al numeral dos del artículo 239 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), a efecto de que el día que se celebren elecciones y el precedente, a juicio de las autoridades competentes y de acuerdo a la normatividad que exista en cada entidad federativa, se ordenará, cuando sea indispensable para preservar el orden de la jornada, el cierre de los establecimientos que expendan bebidas embriagantes.

Actualmente, este precepto legal establece que los días de comicios y el anterior a ellos permanecerán cerrados todos los establecimientos que, en cualesquiera de sus giros, expendan bebidas embriagantes, ante lo cual diversos sectores han manifestado su inquietud con el fin de revisar la disposición, pues el manejo de bebidas alcohólicas en el mercado negro, ha generando pérdidas de hasta 85 millones de pesos, lesionando la economía de los consumidores y productores, además de que se incentiva la corrupción de algunas autoridades encargadas de hacer cumplir con esta disposición. Se envió al Senado para sus efectos constitucionales.

Actualizan la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

Por otra parte, se aprobaron por 346 votos modificaciones a la fracción X del artículo 31, y las fracciones IV y IX del artículo 35, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, ya que el texto vigente aún hace referencia a la desaparecida Secretaría de Comercio y Fomento Industrial y es necesario actualizarlo con el término Secretaría de Economía. Se envió al Senado para sus efectos constitucionales.

Reubicación industrial a zonas urbanas

En otro punto, se aprobaron con 347 votos las reformas también a la Ley de la Administración Pública Federal, para adicionar una fracción XXX, recorriéndose el orden subsecuente, al artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para facultar a la Secretaría de Economía a impulsar la reubicación de la industria de zonas urbanas con graves problemas demográficos y ambientales, en coordinación con las entidades federativas, para que se facilite su traslado con infraestructura industrial.

El dictamen a la Minuta el Senado, elaborado por la Comisión de Gobernación, señala que la falta de cuidado en el desarrollo logístico de la industria en México ha ocasionado graves problemas de hacinamiento, contaminación, altos costos de servicios y abatimiento de recursos hidráulicos, que originan sobrecostos de producción que paga la sociedad. Aprobado el dictamen, se envió al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

Multas de 20 a 50 mil días de salario a infractores ambientales

También se aprobó con 343 votos la adición de la fracción V al artículo 112 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, para incluir sanciones económicas por violaciones a este marco legal con multa por el equivalente de 20 a 50 mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal.

Destaca que es necesario dar prioridad a la prevención y reparación del daño sobre la represión, ya que, en la mayoría de los casos, ni con el pago de una sanción se reparan los daños ocasionados al ambiente, al menos en el corto y mediano plazo. No obstante, debido a la creciente comisión de infracciones en esta materia es indispensable establecer sanciones económicas, como las multas y el decomiso de los residuos peligrosos o cualquier material que pueda causar un daño ecológico irreparable.

Aprobado el dictamen, la Mesa Directiva lo envió al Senado para sus efectos constitucionales.

Infractores ambientales comuniquen cumplimiento de deficiencias

Asimismo, se aprobó con 350 votos el dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, que adiciona los párrafos tercero y cuarto al artículo 111 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, para establecer que en la resolución administrativa correspondiente se señalarán las medidas a realizar para corregir deficiencias o irregularidades, el plazo otorgado al infractor para satisfacerlas y las sanciones a que se hiciere acreedor. Indica que dentro de los cinco días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para subsanar deficiencias e irregularidades el infractor deberá comunicar su cumplimiento por escrito y en forma detallada a la autoridad ordenadora.

También se establece la figura de la reconsideración, es decir que la autoridad tendrá la facultad de revocar o modificar las multas impuestas al infractor ambiental, siempre que éste no sea reincidente y que no exista riesgo de desequilibrio ecológico o daño y deterioro de los recursos naturales; ni de contaminación con repercusiones peligrosas para los ecosistemas, sus componentes o la salud pública. Se envió al Senado para los efectos constitucionales.

Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos

Con 345 votos se aprobó el dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales que reforma los artículos 1, fracción XIII, el artículo 7, fracción VIII; artículo 101 y adiciona un párrafo al artículo 104 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, pues el texto vigente no indica en qué consisten las medidas correctivas para que el infractor cumpla con las disposiciones que no ha observado, ni qué autoridad está facultada para imponerlas, pues únicamente se encuentran disposiciones relativas a las medidas de seguridad. Se envió al Senado para los efectos constitucionales.

Notificaciones en materia ambiental

También quedó aprobado con 335 votos el dictamen de la misma Comisión, con proyecto de decreto, para adicionar los artículos 167 BIS 1, 167 BIS 2, 167 BIS 3 y 167 BIS 4, a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, ante la dificultad de realizar la notificación de las resoluciones y demás actos de autoridad, lo que entorpece y retrasa el curso de los procedimientos administrativos. Aprobado el dictamen, se envió al Senado para sus efectos constitucionales.

Actualizar listas nacionales de especies en riesgo

Con 335 votos, se aprobó en lo general el dictamen con proyecto de decreto de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre para establecer en su artículo 56 que la Semarnat revisará y actualizará cada 3 años las listas de las especies o poblaciones en riesgo.

Posteriormente, el pleno aprobó, en lo particular, con 337 votos la propuesta del diputado priísta Héctor Gutiérrez de la Garza para eliminar el segundo párrafo del artículo 49 de la citada ley. Aprobado en lo general y lo particular, el dictamen se envió al Senado para sus efectos constitucionales.

 
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