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Boletín N°. 1480 Persiste el uso indiscriminado del Clembuterol, lo que coloca en patente situación de riesgo a la salud humana

" Advirtió el diputado Gonzalo Moreno que comer carne con residuos de esta sustancia ocasiona graves daños

" Origina nerviosismo, palpitaciones, temblores, dolores de cabeza o aumento de presión sanguínea

El diputado Gonzalo Moreno Arévalo (PRI) advirtió que persiste la ingestión de carne de animales tratados con elevadas cantidades de Clembuterol, lo que origina la aparición de efectos graves en el consumidor, como alteraciones de tiroides, disfunciones metabólicas o intolerancia a la temperatura.

Agregó que si se ingiere esta carne de forma descontrolada y a dosis elevadas causa palpitaciones, nerviosismo, temblor involuntario de los dedos, dolor de cabeza, aumento de la transpiración, insomnio, posibles espasmos musculares, aumento de la presión sanguínea y náuseas.

En Jalisco, durante el año 2002, se presentaron 114 personas afectadas, en el año 2003 fueron nueve los casos reportados y a inicios del 2004 se tenían registrados seis, sin contar los habitantes dañados en otras regiones del país.

En el proyecto de reforma a los artículos 2, 8, 11, 21, 34, 53 y 63 de la Ley Federal de Sanidad Animal, el legislador mencionó que el problema se plantea cuando se utiliza el Clembuterol de forma ilegal como anabolizante para conformar la masa muscular del vacuno u ovino, y en forma de agente repartidor de la grasa. Por las elevadas cantidades administradas a los animales antes del sacrificio, aunque parte del fármaco administrado se excreta o metaboliza, hay una porción muy importante que queda retenida en el organismo, especialmente en hígado, en músculo y en la retina.

Recalcó que comer los órganos procedentes de animales tratados con elevadas cantidades de Clembuterol puede ocasionar la aparición de la sintomatología derivada del uso del fármaco y, dependiendo de la susceptibilidad de la persona, la dimensión de la afectación puede llegar a ser grave.

Indicó que es de suma importancia aplicar medidas que prevengan el uso de sustancias prohibidas que ponen en riesgo la salud humana y la conveniencia de situar a las instituciones públicas en un claro escenario de competencia que las faculte y habilite, en concordancia con el perfil profesional y operativo con el que cuentan.

Puntualizó que gran parte de las facultades previstas en la Ley Federal de Sanidad Animal son de incidencia más propia de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, por lo que debe ubicarse a ésta como la principal ejecutora y vigilante de la observación y cumplimiento de la normatividad.

Gonzalo Moreno Arévalo señaló que se debe limitar de manera más severa el uso de sustancias prohibidas que atentan y ponen en riesgo la salud, previéndose de manera explícita y clara en la Ley, pero además castigando no sólo la afectación causada sino el riesgo a que es expuesta la sociedad.

Finalizó que las penas por el uso de las sustancias que perjudiquen la salud de animales y la humana, van de dos a seis años de prisión y multa de hasta mil veces el salario mínimo vigente en la zona económica en que se lleve a cabo el hecho.

 
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