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Boletín N°. 1691 Conoció el Pleno, de primera lectura, la Ley para Conservar la Neutralidad de México
  • Fue presentada por la Comisión de Defensa Nacional
  • Submarinos, portaviones u otros barcos de guerra no podrán permanecer en aguas territoriales, establece el documento

Para evitar que alguna nave militar de cualquier país que se encuentre en conflicto armado pueda sobrevolar los límites aéreos o sobre las aguas del territorio nacional, en el Pleno de la Cámara de Diputados se conoció de primera lectura dictamen que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley para Conservar la Neutralidad de México.

El documento de la Comisión de Defensa Nacional, prevé que no se permitirá que los aviones, ni vehículo aéreo alguno que se encuentre a bordo de portaviones, emprendan el vuelo.

Se permitirá lo anterior, salvo con la autorización del gobierno mexicano en el caso de que dichos barcos o portaviones tengan la necesidad de estar en puertos, o aguas territoriales nacionales, a fin de cargar combustible para llegar al puerto más cercano a su país.

A su vez, se destaca que "no serán admitidos, ni podrán permanecer en puertos, fondeaderos o aguas territoriales mexicanas, los submarinos, portaviones u otros barcos de guerra de países que participen en un conflicto armado".

El dictamen establece además que sólo en caso de ataques al territorio nacional, México responderá de manera inmediata a las provocaciones que se presenten, disponiendo de los recursos de las Fuerzas Armadas.

Menciona que corresponderá a las secretarías de Defensa Nacional, Marina, Relaciones Exteriores, Gobernación y Seguridad Pública, en el ámbito de sus respectivas competencias o en el contexto de las instancias de coordinación que establezcan las leyes respectivas, contribuir al estricto y puntual cumplimiento de la citada ley y sus respectivos ordenamientos.

Reformas a la Ley Agraria

Durante la sesión de hoy también se presentó de primera lectura el dictamen que reforma y adiciona el artículo 39 de la Ley Agraria para establecer un mecanismo ágil y eficiente que permita la renovación de los órganos internos de los núcleos agrarios.

El mencionado dictamen pretende eliminar, debido a su improcedencia jurídica, la sustitución automática de los integrantes del comisariado ejidal a través de los suplentes.

Otro de los objetivos del documento es impedir la posibilidad de ampliación o prórroga del periodo de encargo dentro de los órganos internos del núcleo agrario y establecer la obligación de la Procuraduría Agraria de convocar a asamblea de elección cuando se lo soliciten 20 ejidatarios o el 20 por ciento de los integrantes del núcleo.

De esa manera, los integrantes de los comisariados y de los consejos de vigilancia durarán en sus funciones tres años, periodo que en ningún caso deberá ampliarse.

Asimismo, " el comisariado ejidal convocará a asamblea para la elección de los integrantes de éste con 60 días naturales de anticipación al término del periodo de su encargo".

Cuando " el comisariado ejidal no cumpliera con esa disposición, será el consejo de vigilancia quien convoque a la asamblea; en caso contrario, a solicitud de 20 ejidatarios o el 20 por ciento del total de éstos que integran el núcleo de población, la Procuraduría Agraria deberá convocar a la asamblea a la brevedad para garantizar que el ejido tenga permanentemente sus órganos de representación en funciones y vigentes".

Dictámenes con punto de acuerdo

El Pleno avaló diez dictámenes con punto de acuerdo por medio de los cuales no se aceptó modificar el Código Fiscal de la Federación y las Leyes de Organizaciones Ganaderas, de Vías Generales de Comunicación, General de Salud y del Servicio Militar.

 
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