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Boletín N°. 2395 Revisará la Comisión Jurisdiccional el concepto de fuero para evitar impunidad de servidores públicos

• Crea un grupo de trabajo que analizará la reforma al Título Cuarto de la Constitución

• Se podría incluir a funcionarios del Banco de México, CNDH y al secretario General de la Cámara de Diputados

La Comisión Jurisdiccional de la Cámara de Diputados acordó integrar un grupo de trabajo para analizar la reforma al título 4° de la Constitución a efecto de aumentar o, en su caso, disminuir el número de funcionarios con fuero sujetos a juicio político o de procedencia y delimitar la responsabilidad de los Poderes Legislativo y Judicial en cuanto a estas figuras.

Durante una reunión de la citada comisión, su presidente Federico Barbosa Gutiérrez (PRI), aseguró que la reforma evitará la impunidad de los servidores públicos, ya que en algunos casos no se reconoce la comisión de delitos, lo cual se debe sancionar para que el Estado de Derecho tenga certeza.

Por ello, explicó que el grupo de trabajo, integrado por miembros de las comisiones de Puntos Constitucionales, Gobernación, Justicia y Derechos Humanos y la Jurisdiccional, se abocará a analizar la modificación constitucional que incluye la revisión del concepto de fuero, además de los procedimientos de juicio político y de procedencia.

Una vez que los grupos parlamentarios nombren a sus representantes, dijo, se procederá al análisis del Título Cuarto en sus artículos del 108 al 114, y se elaboraría el dictamen correspondiente, que podría ser aprobado antes de que concluya esta Legislatura.

Barbosa Gutiérrez precisó que se analizará la propuesta de incluir en la ley a los servidores públicos del Banco de México (BM), la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y algunos del Poder Legislativo, como el secretario General de la Cámara de Diputados.

En la reunión, el legislador dio a conocer el informe sobre los resultados de la consulta en materia de responsabilidades de los servidores públicos, donde, dijo, se planteó la posibilidad de aumentar o disminuir el número de funcionarios protegidos por esas figuras o que sólo sean los titulares de los Poderes quienes estén sujetos a la legislación o conservarla en sus términos.

También, dijo, se estableció la conveniencia de que sea el Ministerio Público (MP) quien solicite el desafuero porque, según los especialistas y la propia experiencia, la ley vigente en cuanto a este procedimiento, “es oscura y le falta reglamentación”.

No obstante, precisó que hay quienes consideran que no debe ser el MP quien solicite el desafuero, sino el juez de la causa, de tal manera que se tendrían que definir las atribuciones del Poder Legislativo y Judicial en dicho procedimiento.

En el informe presentado por el diputado, se establecen los efectos estructurales de la consulta sobre el marco jurídico vigente como la desvinculación de la Cámara de Diputados del costo político que puede representar un eventual desafuero, precisar con mayor objetividad y transparencia el procedimiento, fortalecer la soberanía de los tres Poderes, así como establecer el principio de “presunción de inocencia” por el de “persecución política”.

Según el documento, en 1982 se aprobaron reformas a la Constitución y se creó la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, que protege, a partir de ese año, al igual que otros ordenamientos jurídicos, a un mayor número de funcionarios, además de senadores, diputados, ministros de la Corte, consejeros de la Judicatura, secretarios de Despacho y gobernadores, entre otros.

En 1992 entró en vigor dicha Ley para separar la responsabilidad política y penal de la administrativa y patrimonial del Estado.

 
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