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Boletín N°. 2229 El culto a la belleza puede ocasionar la muerte; contra el tiempo no hay remedio

Favor de utilizar de sábado para domingo

• Los químicos embellecedores resultan ser inyecciones de aceite para automóviles

Debido a la excesiva publicidad dirigida a mejorar la apariencia física, han proliferado establecimientos manejados por charlatanes y seudo profesionales que se dedican a realizar estas actividades que ponen en riesgo la salud y la vida, debido a ello, la diputada María Cristina Díaz Salazar (PRI), presentó iniciativa que adiciona la fracción I al artículo 271 de la Ley General de Salud.

En la exposición de motivos, la legisladora resaltó que el objetivo es regular las cirugías estéticas y cosméticas, así como los establecimientos donde se practican .

Aseguró que ante la posibilidad de retardar el proceso de envejecimiento para no perder la autoestima, se ha incrementado un afán por la perfección física, así como el culto a la belleza basado en estereotipos comerciales, que ha provocado una industria que lucra a través de la apariencia corporal.

Díaz Salazar indicó que es uno de los temas más controvertidos de la cirugía plástica y una de las actividades que más practican los charlatanes y con la que defraudan y ponen en peligro la salud y la vida de “los incautos que caen en sus manos”.

Dijo: “Con engaños, se dejan aplicar inyecciones de sustancias que prometen desaparecer arrugas de la cara o perfeccionar el volumen de los senos, glúteos y las piernas; son inyecciones de aceite de coche y cocina”.

La Secretaria de la Comisión de Salud expuso que los cirujanos plásticos reciben con frecuencia pacientes con resultados grotescos y graves, como resultado de una inyección de “sustancias milagrosas”, llegando a veces a recurrir a complejas operaciones reconstructivas para restaurar el daño de tejidos.

Señaló que dentro de las sustancias o “modelantes” que sí pueden ser inyectados por un cirujano plástico o dermatólogo certificado, es la que se encuentra en la grasa del propio paciente o la lipo-inyección; el colágena o colágeno, y el ácido ialurónico.

Finalmente aclaró que lo que se busca es que en el artículo 271 se señale que cualquier intervención estética y cosmética relacionada con cambiar o corregir diferentes regiones de la cara y del cuerpo, deberá efectuarse en establecimientos o unidades médicas con licencia sanitaria vigente y atendidos por profesionales que cuenten con la cédula de médico especialista en cirugía plástica, estética y reconstructiva.

 
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