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Boletín N°. 2641 Adecuar el marco legal respecto de juicio político y declaración de procedencia sugiere iniciativa

Con el objeto de perfeccionar el marco legal que regula el juicio político y la declaración de procedencia, adecuándolo a una realidad que permita emplear mecanismos constitucionales, el diputado Álvaro Elías Loredo (PAN) presentó iniciativa por la que se plantea una nueva Ley Reglamentaria del Título Cuarto de la Constitución Política, en materia de juicio político y declaración de procedencia.

El también vicepresidente de la Mesa Directiva, resaltó que es necesario adecuar un marco normativo, dejando en una ley ad hoc exclusivamente lo relativo a juicio político, declaración de procedencia y responsabilidad del Presidente de la República.

Puntualizó que respecto al procedimiento de juicio político se incorpora el principio de presunción de inocencia, por considerarse que cualquier ciudadano objeto de una acusación y sujeto a un procedimiento de naturaleza materialmente jurisdiccional y de consecuencias jurídicas debe considerarse, de inicio, inocente, y ser la autoridad quien demuestre su culpabilidad.

Mencionó que la integración de la Sección Instructora y la de Enjuiciamiento deben de reflejar la pluralidad de la Cámara de Diputados y el Senado, respectivamente.

El documento contempla que los órganos encargados de sustanciar los procedimientos establecidos en esta ley, deben estar integrados por un número impar de miembros, con el fin de evitar empates en las votaciones y para hacer más expedito y eficaz el desahogo de los asuntos.

Resalta que la Sección Instructora deberá estar integrada al inicio de cada legislatura, y mantenerse de Legislatura a Legislatura, así como ocurre con las comisiones ordinarias, es decir, sin necesidad de mayor requisito que la designación de sus integrantes.

Asimismo, prevé la supresión de la Comisión Jurisdiccional de la Cámara de Diputados, así como la eliminación de la Subcomisión de Examen Previo. Del mismo modo, contempla que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal no podrá conocer de juicio político o declaración de procedencia en contra del jefe de Gobierno del Distrito Federal.

Establece que el presidente de la Cámara de Diputados citará al Pleno para que dentro de los dos días siguientes a la recepción de las conclusiones resuelva, evitando la interpretación de que él pudiera decir en esos dos días una fecha posterior.

Finalmente, especifica que el objeto de la declaración de procedencia es proteger el correcto ejercicio de la función pública y no al individuo que detenta el cargo objeto de la protección constitucional, aclarando que no se requerirá la declaración cuando el servidor público se encuentre separado de su encargo.

La propuesta se remitió a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Justicia y Derechos Humanos, para su análisis

 
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