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Boletín N°. 2741 Impedirán la ordeña de cilindros de Gas LP, anomalía en la que incurren los expendedores

Más del 80 por ciento de los hogares mexicanos utilizan el combustible

Por 333 votos, la Cámara de Diputados aprobó el dictamen por el que se reforma el artículo 13 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, para que los consumidores de Gas Licuado de Petróleo (LP) cuenten con mayores herramientas para verificar el contenido neto del producto que reciben.

El dictamen de la Comisión de Economía considera conveniente que la reforma entre en vigor 210 días después de su publicación y no se aplique a aquellos cilindros que hayan sido fabricados con anterioridad a la entrada en vigor de la misma.

El artículo 13 de la actual ley prevé la erradicación de la ordeña de los cilindros de Gas LP por parte de los expendedores, que en cada llenado se incorporen sellos inviolables y presenten los recipientes de forma visible e indeleblemente su tara, así como el peso bruto, para que los consumidores lo puedan verificar.

El documento establece que más del 80 por ciento de los hogares mexicanos utilizan el combustible, lo que presenta el 62 por ciento de la demanda total del país, donde el 66 por ciento es distribuido a través de cilindros portátiles y un 34 por ciento mediante llenado de tanques estacionarios.

Además se señala que en el ámbito mundial México ocupa el primer lugar como consumidor de Gas Licuado de Petróleo (Gas LP) para uso doméstico.

Comités Consultivos Nacionales de Normalización

Asimismo, se avaló con 340 votos a favor dictamen, por el que se reforma el artículo 62 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, con el objeto de garantizar la representatividad de las autoridades estatales, dentro de los Comités Consultivos Nacionales de Normalización.

El documento señala que los comités consultivos nacionales de normalización son órganos que sirven para la elaboración de normas oficiales mexicanas y la promoción de su cumplimiento. Se mandó al Senado para efectos constitucionales.

Código de Comercio

El Pleno también aprobó por 341 votos un dictamen de la Comisión de Economía, que reforma el artículo 1350 del Código de Comercio, a fin de que los incidentes, es decir, las cuestiones que se promueven en un juicio, se traten por separado sin suspender el trámite de este proceso en lo principal.

El legislador expuso que los incidentes conforme a su naturaleza jurídico- procesal, deben tramitarse como un pequeño juicio, en el cual quien lo promueva debe ser considerado como actor respecto del asunto promovido.

Indicó que al establecer dentro de la ley que los incidentes se formen por cuerda separada, es decir en un cuaderno independiente del principal, evitará la confusión entre las actuaciones judiciales que formen parte del negocio principal, materia dentro del juicio.

De igual forma, el Pleno avaló con 331 votos el dictamen con proyecto de decreto que reforma el segundo párrafo del artículo 1069 del Código de Comercio, a fin de que en un juicio, alguna de las partes no señale, en su primer escrito, el domicilio para oír y recibir notificaciones, de las denominadas personales, pueda hacerlo en fecha posterior, manteniendo plenamente sus efectos legales.

Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

También se aprobó en lo general y en lo particular, por 332 votos en pro, 0 en contra y 3 abstenciones, el dictamen para reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, que otorga a la Junta de Coordinación Política un Comité de Administración para auxiliarle en el ejercicio de sus funciones administrativas.

El documento señala que el Presidente del Comité debe ser un diputado del mismo grupo parlamentario que presida la Junta y en las reuniones concurrirá el Secretario General de la Cámara. Asimismo, se pretende ordenar la estructura orgánica del Congreso y reiniciar el procedimiento de instauración del Servicio Civil de Carrera de la Cámara de Diputados, como un mecanismo para afrontar la contratación y remuneración desordenada del personal.

Ley de Propiedad Industrial

Asimismo, fue aprobado por 339 votos el dictamen de la Comisión de Economía que reforma el artículo 180 de la Ley de Propiedad Industrial que establece que las solicitudes y promociones que no tengan la firma serán desechadas.

En el caso de la falta de pago de la tarifa, el Instituto requerirá al promovente, dando un plazo de cinco días hábiles para que subsane su omisión, y sólo en caso de que el particular no atienda el apercibimiento, desechará la solicitud o promoción. Con lo que acepta y protege la garantía de audiencia consagrada en al artículo 14 Constitucional.

Ley General de Desarrollo Forestal y Ley General de Vida Silvestre

Con 331 votos a favor, el Pleno de la Cámara aprobó el dictamen con proyecto de decreto de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por el que se adiciona una fracción II al artículo 7 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y una fracción III al artículo 3 de la Ley General de Vida Silvestre, con el objeto de evitar dar connotaciones equivocadas o insuficientes a términos que deben ser exactos en su uso y que por identidad de razón se aplican en los términos no comprendidos en éstas, como el término aprovechamiento sustentable.

Protección a especies en categoría de riesgo

Posteriormente, se aprobó el dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales por 328 votos en pro, en el que se adiciona un tercer párrafo al artículo 53 de la Ley General de Vida Silvestre en el que se prohíbe la exportación de fauna y flora silvestre enlistadas en categoría de riesgo, exceptuando aquellas que provengan de la tercera generación de criaderos y centros de cultivo controlados.

Ley General de Equilibrio Ecológico

Finalmente, dentro del bloque de dictámenes de la Comisión de Medio Ambiente, se aprobó con 330 votos la reforma al Artículo 169 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, que pretende establecer los requisitos que debe cumplir el infractor para que la autoridad considere si se revoca o modifica la sanción impuesta.

Reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

Con unanimidad de 331 votos se aprobó el dictamen de la Comisión de Marina con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para adecuar el marco jurídico a las condiciones y necesidades que se presentan actualmente en el país y realizar los ajustes correspondientes para incorporar a los compromisos adquiridos con la comunidad internacional a través de diversos instrumentos jurídicos.

Al fundamentar el dictamen, el diputado Sergio Arturo Posadas Lara (PRI), señaló que esta iniciativa observa el principio de modernización y actualización del marco jurídico de esta dependencia y su objetivo es adecuarlo con las tareas sustantivas que tiene encomendadas.

Entre otras cosas, se precisan las áreas donde a la Secretaría de Marina le corresponde ejercer la soberanía y llevar a cabo la vigilancia, así como las medidas y competencias que los diversos ordenamientos legales nacionales e internacionales le otorgan.

Además, establece que le corresponde organizar, administrar el servicio de policía marítima y que podrá ejercer esas funciones para mantener el Estado de Derecho en los mares mexicanos.

Posteriormente, se levantó la sesión y se citó para la próxima el martes 14 de marzo, a las 11:00 horas.

 
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