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Boletín N°. 2745 Proponen investigar con células madre obtenidas de un embrión creado que no sería utilizado por padres biológicos

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• Esta ruta científica ha permitido en el mundo tratamientos para diabetes, artritis, Alzheimer, Parkinson y tumores del cerebro

A fin de promover, impulsar y apoyar la investigación con células madre, el diputado independiente Isidro Camarillo Zavala, propuso reformar la Ley General de Salud, para permitir que éstas sean obtenidas a partir de un embrión creado para técnicas de fertilización asistida, que no será utilizado por sus padres biológicos y que no pueda ser dado en “adopción” por no ser viable.

Al presentar su propuesta, explicó que las células madre o estaminales, que tienen capacidad de diferenciarse y convertirse en cualquier tipo de célula del organismo, pueden obtenerse de un embrión y de tejidos embrionarios (como el cordón umbilical o la placenta), así como de la médula ósea y células de la sangre de cualquier persona adulta.

Destacó que la investigación en este campo ha permitido producir células madre para tratar enfermedades como Alzheimer o Parkinson, diabetes, tumores cerebrales, artritis reumatoide y anemias, por lo que diversos países han creado marcos jurídicos para reglamentar la obtención y utilización de células estaminales.

No obstante, indicó, en México se prohíbe hacer estudios con embriones y no existe ninguna ley que determine sobre la investigación con esta clase de células, por ello, se pronunció por elaborar las normas jurídicas que faciliten y apoyen en forma decisiva estos trabajos.

“Ha llegado el tiempo de analizar racionalmente los beneficios, los riesgos y dudas respecto a la utilización de embriones preexistentes creados para técnicas de reproducción asistida que ya no son viables para su implantación”, enfatizó.

En este sentido, aclaró que no debe permitirse la producción de embriones in vitro con el objeto de ser crioconservados, sin embargo, hay miles que no serán implantados en el útero y “la solución ética no es mantenerlos congelados indefinidamente hasta su completa destrucción”.

En la iniciativa ser propone dar al embrión el status de “donador”, por lo que no podrá ser utilizado para investigación y sus restos deberán ser manejados con el mismo criterio que los restos de una persona adulta.

Plantea adicionar el Capítulo Quinto Bis “Sobre la Investigación con Células Madre” e insertar el artículo 103 bis1 para establecer que la Secretaría de Salud, evaluará, apoyará, estimulará y controlará la investigación con células madre, dándose preferencia a las obtenidas de tejidos embrionarios y a las obtenidas de tejidos adultos. La actuación de la dependencia incluye valorar los proyectos de investigación que impliquen la utilización de células madre.

En el artículo 103 bis2, se acepta el uso de células madre obtenidas de embriones humanos sobrantes de técnicas de reproducción asistida, crioconservados, no viables, siempre que se demuestre que no pueden observarse resultados idénticos en todos los aspectos con células madre de tejidos adultos; que pasó el plazo legal y biológico de crioconservación, por lo que hubieran dejado de ser viables para su implantación intrauterina.

Además, estipula que los embriones no podrán ser utilizados con otro fin distinto al desarrollo de células madre y prohíbe toda clase de investigación en embriones.

En el artículo 103 bis3, se permite la obtención de células estaminales de fetos abortos, previo consentimiento informado de los progenitores. En el artículo tercero transitorio se señala que la Secretaría e Salud elaborará un catálogo de los hospitales e institutos donde se realice la investigación con células madre y evaluará la idoneidad de los proyectos de científicos.

 
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