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Boletín N°. 2753 Podrán los trabajadores interponer recurso de inconformidad por inadecuadas calificaciones de accidente por parte del IMSS

Con el objeto de suprimir la obligatoriedad de interponer el recurso de inconformidad en relación a la calificación definitiva de un riesgo de trabajo efectuada por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el pleno de la Cámara de Diputados, aprobó con 330 votos en pro y 4 abstenciones, dictamen por el que se reforma el primer párrafo del artículo 44 de la Ley del Seguro Social.

El dictamen señala que la falta de reglamentación en la esfera administrativa es una grave laguna legal, no sólo para los asegurados y sus beneficiarios sino hasta los patrones sometidos al juicio de un criterio médico cuya imparcialidad no está necesariamente garantizada.

Puntualiza que en la historia del IMSS, es ésta una materia que no se ha reglamentado, pues la calificación del riesgo de trabajo sigue siendo una responsabilidad exclusiva de los expertos en medicina del trabajo contratados por el Instituto.

Destaca que el hecho de que el Instituto tenga en sus manos la interpretación de preceptos legales y administrativos que determinarán los alcances de la norma y hasta los principios protectores de estas garantías y derechos sociales, sesga la efectividad de la impartición de justicia laboral.

La reforma consiste en que cuando el trabajador asegurado no esté conforme con la calificación que del accidente o enfermedad haga el Instituto de manera definitiva podrá interponer el recurso de inconformidad.

Al fundamentar, el diputado Miguel Alonso Raya (PRD) dijo que el Poder Judicial de la Federación es enfático al señalar que ante el riesgo de trabajo, la interposición de un recurso administrativo obligatorio como lo es el recurso de inconformidad, resulta lesivo para el interés del trabajador.

Indicó: “para el impartidor de justicia, no existe en la propia norma fundamental motivo alguno que justifique obligar a alguna de las partes a agotar una instancia administrativa antes de solicitar el reconocimiento de aquellos derechos ante un tribunal”.

Refirió que en diciembre del 2004, los litigios del Seguro Social implicaban más de 150 mil asuntos tanto laborales, fiscales, administrativos, civiles y mercantiles contra el IMSS, estimando el costo en 20 mil 335 millones de pesos.

Mencionó que con esta reforma y aunado a una mejor administración y a la prestación de un servicio médico y de calificación de riegos de trabajo, se permitirá reducir esta cantidad de asuntos y este pasivo al que el Seguro Social se encuentre atado. Así como hacer más accesible el derecho a las prestaciones en especie y en dinero contempladas en el seguro de riesgos de trabajo del régimen obligatorio del Seguro Social.

Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Gubernamental

Posteriormente, se avaló con 327 votos, el dictamen de la Comisión de Gobernación con proyecto de decreto que reforma el artículo 6 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Gubernamental, a fin de aplicar instrumentos internacionales para la interpretación de la ley y disposiciones derivadas, respetando los principios de reserva de ley y el de jerarquía de las normas.

El documento señala que es necesario favorecer el principio de máxima publicidad y disponibilidad de la información pública, no sólo para el caso de la interpretación de la ley, sino de otras normas que de ella se desprenden.

Por ello, plantea incluir en su redacción la referencia al artículo 61 de este mismo ordenamiento. Establece que en la interpretación de esta Ley y su reglamento, así como de las normas de carácter general a las que se refiere el artículo 61, se deberá favorecer el principio de máxima publicidad y disponibilidad de la información en posesión de los sujetos obligados

Además, dispone que los límites al derecho a la información y al principio de publicidad deben ser interpretados conforme a la Constitución y los tratados internacionales que México haya suscrito en materia de derechos humanos, por lo que se consideró necesario hacer referencia a ordenamientos legales concretos.

De esta manera especifica que el derecho a la información pública será interpretado conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; la declaración Universal de los Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Contra la Mujer, entre otros ordenamientos suscritos y ratificados por México.

Batallón de San Patricio de 1847

Asimismo, fue aprobado por 332 votos, proyecto de decreto de la Comisión de Gobernación, por el que se reforma el inciso b) del artículo 18, de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, para establecer el 12 de septiembre como fecha para conmemorar la gesta heroica del Batallón de San Patricio en 1847.

Con la modificación se pretende honrar la memoria de los hombres que lucharon por construir un México justo, libre y soberano. Además de difundir en las generaciones jóvenes la gesta realizada por irlandeses del Batallón, extranjeros que combatieron en una guerra creyendo en la libertad.

Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

Con 335 votos a favor y 2 abstenciones fue ratificado el dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales por el que se reforma el artículo 35 Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

La modificación obligará a que las entidades gubernamentales, empresas e industrias públicas o privadas contraten a expertos o especialistas (peritos) para que realicen estudios de evaluación de impacto ambiental en las distintas áreas de la ciencia cuando éstas realicen obras, construcciones o actividades propuestas por los solicitantes. Fue enviada al Senado de la República para su trámite correspondiente.

Ley de Asistencia Social

También, se acreditó con 343 votos a favor y 1 abstención, el dictamen con proyecto de decreto que reforma el artículo 10 de la Ley de Asistencia Social, a efecto de que las personas sujetas de recibir el servicio de asistencia sea con calidad, oportunidad, calidez y brindado por parte de personal profesional y calificado.

La propuesta de la Comisión de Desarrollo Social incorpora la palabra “oportunidad”, a efecto de que la atención que se brinde a este grupo de la población sea en esos términos.

Permisos Constitucionales

El Pleno aprobó permisos constitucionales para que Claudio Edmundo Huízar de la Torre, Vidal Elías Gutiérrez, Jaime Virgilio Nualart Sánchez, Luis Miguel Francisco Gutiérrez Robledo, María del Carmen García Plata Barrios y José Luis Gutiérrez Velarde, acepten y usen las condecoraciones que les confieren el Ejército de la República de Chile, los gobiernos de la República Francesa y del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, así como el Ministerio de Defensa de la República Francesa, respectivamente.

Asimismo, María Eugenia Mesta Espinosa podrá prestar servicios en la embajada de Italia, y Raymundo Salazar Mendoza, en la República del Paraguay, ambas en México.

 
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