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Boletín N°. 2883 Una de cada tres mujeres sufre violencia intrafamiliar

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• Sólo 21 estados del país tienen una Ley de Prevención para este problema social

En México, el 48 por ciento de las mujeres sufre algún tipo de violencia, 27 por ciento relacionada con el aspecto económico y 8 por ciento de índole sexual; por ello, la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados aprobó un dictamen que incorpora a las mujeres víctimas de alguna agresión, las que tengan hijos menores de edad o que se encuentren en estado de vulnerabilidad dentro de la Ley de Asistencia Social.

El proyecto, avalado en comisiones unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Salud, menciona que una de cada tres mujeres sufre violencia intrafamiliar, siendo éste un tema que día a día cobra mayor relevancia.

Puntualiza que en sólo 26 estados de la República, es decir, 81.3 por ciento, existe algún tipo de reforma jurídica orientada a prevenir y asistir la violencia familiar; mientras que 21 estados tienen una Ley de Prevención de la Violencia Familiar.

Subraya que se necesita una asistencia social pública y privada que corresponda al Estado, quien debe proporcionar servicios con enfoque de género.

Destaca que de los poco más de 1.3 millones de hogares donde se detectó violencia intrafamiliar, el 99 por ciento reportó maltrato emocional, 16 por ciento, intimidades, 11 por ciento violencia física y 1 por ciento abuso sexual.

Afirma que sólo 14 de cada 100 hogares con actos de violencia solicitan ayuda, por lo que es indispensable reformar el marco jurídico que permita coadyuvar con las leyes específicas, así como las acciones y programas públicos al dotar a ambos de elementos normativos oportunos.

Manifiesta el dictamen que la promoción del desarrollo de la familia, de su mejoramiento y su integridad, lleva implícita la lucha en contra de la violencia y la atención a la víctimas de la misma.

Refiere que la violencia contra la mujer originada en la familia y en la sociedad se ha generalizado y trasciende a las diferencias de ingreso, clases sociales y culturas, por lo que debe contrarrestarse con medidas urgentes y eficaces para eliminar su incidencia.

La reforma consiste en modificar el inciso b) del artículo 4, pasando a ser el inciso c), el artículo 5, fracción décima del artículo 12 y la fracción IV del artículo 14; se adiciona un nuevo inciso b) a la fracción segunda del artículo 4, recorriéndose los demás incisos, y el inciso e) de la fracción primera del artículo 12 de la Ley de Asistencia Social.

Ello con el fin de incorporar a las mujeres que tengan hijos menores de edad y que se encuentren de manera temporal o permanente en estado de vulnerabilidad por motivos de incapacidad física, psicológica o emocional y en desventaja económica para enfrentar la vida cotidiana.

Así como aquellas víctimas de violencia, incluyendo la intrafamiliar y en situación de explotación, circunscribiendo la sexual.

 
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