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Boletín N°. 2980 Aprueban ley del libro; se crea el Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura

El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó por 312 votos a favor un dictamen que expide la Ley del Libro que permitirá crear un Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura.

El documento aprobado por los legisladores en la sesión de hoy, prevé hacer accesible el libro en igualdad de condiciones en todo el territorio nacional, con el propósito de aumentar su disponibilidad y acercarlo al lector.

Pretende estimular la capacidad y formación profesional de diferentes actores de la cadena editorial y promotores culturales. Asimismo, propiciar la generación de políticas, programas y acciones dirigidas al fomento y promoción de la lectura.

La Ley para el Fomento del Libro y la Lectura tiene el propósito de estimular la competitividad del texto mexicano y de las publicaciones periódicas en el terreno internacional.

Otros de los fines del dictamen es promover la producción editorial nacional para cumplir los requerimientos culturales y educativos del país, así como establecer mecanismos de coordinación interinstitucional con los distintos órdenes de gobierno para impulsar las actividades relacionadas con la función educativa y fomento a la lectura.

El Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura será un órgano consultivo de la Secretaría de Educación Pública, un espacio de concertación y asesoría entre todas las instancias públicas, sociales y privadas vinculadas con el libro y la lectura.

Destaca que los vendedores de libros al menudeo estarán obligados a aplicar un precio único de venta al público sin ninguna variación. También señala que la SEP en coordinación con las autoridades educativas locales serán las encargadas de fomentar el acceso al libro y la lectura en el Sistema Educativo Nacional, promoviendo que se formen lectores de acuerdo al nivel educativo que cursan.

Finalmente menciona que ninguna autoridad federa, estatal, municipal o del Distrito Federal puede prohibir, restringir ni obstaculizar la creación, edición, producción, distribución de libros y publicaciones periódicas.

Agencia Espacial Mexicana

El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó por 225 votos el dictamen que expide la Ley que crea la Agencia Espacial Mexicana, a fin de impulsar el desarrollo del país en la industria aeronáutica y telecomunicaciones.

Otro de sus objetivos, es promover la incorporación de los sectores relacionados en este rubro y particularmente la participación del sector productivo, a fin de que adquiera competitividad en lo mercados de bienes y servicios espaciales. Pasó al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

Incrementar la capacidad científica

Asimismo, se aprobó por 306 votos en pro el dictamen que regula las acciones y el gasto federal para realizar investigaciones por parte de las instituciones públicas, así como determinar los instrumentos federales que garanticen el fortalecimiento presupuestal y el gobierno realice investigaciones y no como antes sólo apoye.

La reforma a las fracciones II del artículo 1 y 2 de la Ley de Ciencia y Tecnología busca convertir las bases del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología en el instrumento que incremente la capacidad científica.

Centros públicos de investigación

A fin de eliminar como miembros del Consejo General a los Secretarios de Relaciones Exteriores, Hacienda, Economía y Comunicaciones, se avaló con 250 votos a favor, 54 en contra y 4 abstenciones, el dictamen de la Comisión de Ciencia y Tecnología que reforma la fracción V de los artículos 36 y 51 de la Ley de Ciencia y Tecnología.

El dictamen sustituye la facultad de los centros públicos de investigación para promover la clasificación de asociaciones y alianzas. Asimismo, adiciona una instancia académica con capacidades sobre asuntos académicos y de investigación.

Protección de especies amenazadas

Asimismo, se aprobaron reformas para reforzar la protección de especies en peligro de extinción o amenazadas por cualquier aprovechamiento, sea para subsistencia, ceremonias o ritos tradicionales, que ponga en peligro su continuidad.

En el dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales con proyecto de decreto que reforma el artículo 85 de la Ley General de Vida Silvestre, aprobado por 325 votos, se adiciona un segundo párrafo al artículo 85 para estipular que se podrá restringir el uso de especies consideradas en peligro de extinción y amenazadas cuando se trate del aprovechamiento de ejemplares, partes y derivados de vida silvestre para consumo directo, venta en cantidades proporcionales a la satisfacción de las necesidades básicas de la localidad, o ceremonias y ritos tradicionales de comunidades rurales.

Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

Enseguida, la Cámara de Diputados aprobó con 328 sufragios, el dictamen de esa misma Comisión con proyecto de decreto que reforma el artículo 180 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a fin de que los miembros de las comunidades afectadas por contaminación industrial puedan acudir ante un juez cuando detecten que ha habido irregularidades en la emisión de autorizaciones ambientales.

Esta Ley establece un recurso de revisión que pueden presentar las comunidades afectadas, pero en la práctica ha resultado insuficiente, pues éstas no cuentan con el beneficio de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo para intentar la vía jurisdiccional, por lo que esta reforma viene a subsanar dicha situación.

Una vez aprobados, ambos dictámenes se enviaron al Senado para sus efectos constitucionales.

Ley Reglamentaria del artículo 27 Constitucional

De igual forma, con una votación de 257 sufragios a favor, 74 en contra y 6 abstenciones, se aprobó el dictamen de la Comisión de Medio Ambiente con proyecto de decreto de Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional, para establecer como zona de restauración ecológica y de reserva de aguas, la región Lerma-Santiago-Pacífico, a objeto de restaurar el equilibrio ecológico y la protección, conservación y uso sustentable de los recursos acuíferos de esta región, dentro de la cual queda comprendido el Lago de Chapala.

También establece como zonas de restauración ecológica y de reserva de aguas, las superficies comprendidas en esta región que determina la Semarnat, a efecto de garantizar la sustentabilidad del recurso hídrico de la cuenca, restaurar el equilibrio ecológico y ordenar el uso y aprovechamiento de las aguas que comprende. Aprobado en lo general y en lo particular se envió al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

Finalmente, se levantó la sesión y se citó para el jueves 27 de abril a las 11:00 horas.

 
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