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Boletín N°. 2991 Adulteradas, 60 por ciento de las bebidas alcohólicas

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En México, 60 por ciento de las bebidas alcohólicas que se venden son de dudosa procedencia, producto, entre otras causas, del contrabando, piratería y la adulteración del alcohol, lo cual pone en riesgo la salud de los consumidores. Ante esta situación, la Cámara de Diputados busca tipificar este delito como grave.

En su presentación al público, es difícil percibir que pueden contener metanol, ácido nítrico o sulfúrico, formol y piedra lumbre, las cuales afectan directamente al cerebro. Lo anterior se debe al inexistente control sanitario y la baja calidad de los productos.

Ante tal panorama, las comisiones unidas de Salud y Justicia y Derechos Humanos, dieron a conocer en primera lectura un proyecto de decreto, con la finalidad de disminuir la falsificación y adulteración de bebidas alcohólicas y medicamentos, incrementando las sanciones y elevando estas prácticas a la categoría de delito grave.

En el país, este tipo de bebidas adulteradas se venden de manera impune en cantidades industriales y deja enormes ganancias tanto a los productores como a los distribuidores.

Destaca el acuerdo que quienes lo realizan son redes organizadas, dedicadas al reciclaje de botellas vacías, falsificación de hologramas y de sellos con autenticidad. “Cuentan con toda una infraestructura, hay marbetes que vienen de la Secretaría de Hacienda y empresas que se dan de alta como productores y exportadores y luego desaparecen”.

Puntualiza que a pesar de que está tipificado como delito contra la salud, la producción de sustancias psicotrópicas, estupefacientes, tráfico de órganos, adulteración de bebidas alcohólicas, éstas leyes han sido rebasadas por el mercado negro.

Subraya que el metanol contenido en bebidas adulteradas es altamente tóxico para el organismo y que aún ingiriendo pequeñas cantidades puede provocar la propia muerte.

El dictamen que reforma el artículo 464 de la Ley General de Salud, y se adiciona una fracción XV al artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, busca aplicar una pena de dos a diez años de prisión, así como una multa de mil a diez mil días de salario mínimo, a quien adultere, contamine, altere o permita la falsificación de bebidas no alcohólicas, bebidas alcohólicas, medicamentos o cualquier otro producto o sustancia de uso o consumo humano.

Además de establecer que en la misma pena incurrirá quien por sí mismo o por interpósita persona, teniendo conocimiento o a sabiendas de ellos, financie, suministre, comercialice, transporte o adquiera con fines comerciales o de intermediación bienes producidos o distribuidos.

ndica que los productores de bebidas alcohólicas tienen la responsabilidad de garantizar que sus productores cumplan con los estándares más altos de calidad

 
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