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Boletín N°. 3024 Se generan en México siete millones de toneladas anuales de residuos que ensucian el ambiente

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Tiraderos municipales, barrancas, cuerpos de agua, su principal destino

De acuerdo al Instituto Nacional de Ecología (INE) la generación total de residuos peligrosos en México es de tres a siete millones de toneladas anuales. Ante ello, el pleno camaral aprobó un dictamen que reforma el artículo 17 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, que busca clasificar los tipos de restos peligrosos, así como las diferentes clases de procesos en la industria minera y la distinción con la metalúrgica.

Dichas industrias son reguladas por normas federales y estatales, ya que parte de sus procesos son de competencia federal y otros son de competencia estatal, circunstancia que genera confusión y por ende ineficiencias e ineficacias, por tal motivo la modificación busca regular esta instancia a fin de mejorar los procesos legales y reglamentarios.

De igual manera, tiene el propósito de simplificar y aclarar respecto de los tipos de residuos, así como los distintos métodos en la industria minera y las diferencias con la metalúrgica.

El documento señala que ambos sectores son de los principales impulsores del desarrollo económico de nuestro país; por lo tanto, es su responsabilidad atender a los nuevos retos que le plantea la apertura externa y el contexto internacional, así como las demandas de la sociedad por un ambiente sano.

Igualmente, especifica que la diferencia entre un simple residuo y uno peligroso es que el primero es toda material o producto cuyo propietario o poseedor desecha y que se encuentra en estado sólido o semisólido, o es un líquido o gas contenido en recipientes o depósitos, que puede ser susceptible de ser valorizado o requiere sujetarse a tratamiento o disposición final.

Mientras que los residuos peligrosos son aquellos que poseen alguna de las características de corrosividad, reactividad, explosividad, toxicidad, inflamabilidad, o que contengan agentes infecciosos que les confieran peligrosidad, así como envases, recipientes, embalajes y suelos que hayan sido contaminados cuando se transfieran a otro sitio.

La estrategia mundial para tratar residuos comprende la reducción en la fuente, reciclaje, incineración y confinamiento; una de las formas más comunes de reutilizarlos es aprovecharlos en los procesos productivos como materia prima o para recuperar energía.

En México, la minería y la metalurgia, al igual que otras actividades, tienden a ocasionar efectos negativos en el ambiente por tratarse de industrias sumamente contaminantes. En varias fases de la actividad minera: exploración, explotación, beneficio, industrialización y abandono hay riesgo de afectar el ambiente, por lo que es importante considerar sus efectos locales o regionales.

De acuerdo con las zonas donde se concentra la explotación, el beneficio y la industrialización de uno o varios minerales se llega al agotamiento de recipientes naturales de agua. Además, la contaminación se presenta en diversas formas, una de las cuales se lleva cabo en los procesos hidrometalúrgicos, es decir, cuando los desechos y las sales no son almacenados en depósitos creados para tal efecto.

Como parte de la desproporción que guarda el volumen creciente de residuos peligrosos con la capacidad de manejo, vigilancia y control, se observa una disposición clandestina en tiraderos municipales, barrancas, derechos de vías en carreteras, drenajes municipales o cuerpos de agua.

Se estima que ésta última opción es la que predomina en casi todo el país, por lo que el 90 por ciento de los residuos peligrosos adoptan estados líquidos, acuosos o semilíquidos, o bien, se solubilizan y/o mezclan en las descargas de aguas residuales.

Conforme a lo estipulado en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, los municipios tienen a su cargo las funciones de manejo integral de residuos sólidos urbanos, que consisten en la recolección, traslado, tratamiento, y disposición final.

También participan en el control de los residuos peligrosos generados o manejados por microgeneradores, así como imponer las sanciones que procedan, de acuerdo con la normatividad aplicable y lo que establezcan los convenios que se suscriban con los gobiernos de las entidades federativas respectivas, pero al haber un excedente esto no se realiza de forma correcta.

Por otra parte, el aprovechamiento energético de subproductos o residuos representa una opción viable y puesta a disposición de la sociedad para eliminar un volumen considerable de residuos que van a rellenos sanitarios o a confinamientos controlados, desperdiciando recursos económicos valiosos.

Asimismo, los hornos de la industria siderúrgica trabajan a temperaturas superiores a los 1000°C. Todos cuentan con equipos de control de emisiones atmosféricas o circuitos cerrados para el aprovechamiento máximo de temperaturas y materiales; esto permite llevar a cabo procesos de reciclado energético de forma ambientalmente segura, económicamente viable y socialmente aceptable.

Cabe aclarar que los subproductos o residuos de la industria u otras que desean utilizar estos servicios, que contengan cloro, mercurio o compuestos orgánicamente persistentes son prohibidos en este tipo de proceso.

Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos también marca que se exceptúan de la aplicación los residuos radiactivos, los cuales estarán sujetos a los ordenamientos específicos establecidos en Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

 
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