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Boletín N°. 3087 Se evitarán los plazos excesivos en el Instituto Nacional de Migración

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• Se evitaría la inequidad entre burócratas y asegurados del IMSS

El grupo parlamentario del PAN presentó una iniciativa para reformar el artículo 111 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para que la invalidez definitiva e incapacidad parcial permanente sean condicionantes para la liberación de un crédito de vivienda.

El diputado Pablo Alejo López Núñez dijo que existe un trato desigual en materia de seguridad social para los trabajadores del Estado respecto a los suscritos al Infonavit, pues la propia Ley del Seguro Social contempla que para los casos de incapacidad parcial permanente o invalidez definitiva, se liberará del adeudo al trabajador.

Añadió que es necesario evitar esa inequidad que perjudica a los trabajadores del Estado, que son víctimas de una enfermedad general, no profesional o de trabajo.

El panorama que enfrentan las personas que laboran en la burocracia federal y que padecen alguna invalidez definitiva o incapacidad parcial permanente, es sombrío y delicado en razón de que la ley vigente del ISSSTE no contempla estas condiciones, advirtió.

De ahí que propuso que tratándose de los casos de incapacidad cuando ésta sea del 50 por ciento o más, o invalidez, se liberará al trabajador acreditado del adeudo, los gravámenes o limitaciones de dominio a favor del instituto.

Lo anterior, siempre y cuando el trabajador no sea sujeto de una nueva relación laboral por un periodo mínimo de dos años, lapso durante el cual gozará una prórroga, sin causa de intereses, para el pago de su crédito.

La iniciativa señala que actualmente la Ley del ISSSTE establece que cuando un trabajador burócrata o pensionista que cuente con un crédito haya sido dictaminado con una invalidez y no con una incapacidad total permanente, no tiene derecho a la liberación del saldo insoluto del crédito.

Ello porque la invalidez no se origina por una enfermedad o riesgo proveniente de las funciones del servicio público del empleado burócrata, como en sentido estricto lo implica una incapacidad, término que las leyes de seguridad social e incluso la Suprema Corte, lo refieren a la pérdida de las facultades para trabajar generada por un padecimiento, riesgo o accidente de trabajo.

Sin embargo, habrá que considerar que la invalidez definitiva condiciona incapacidad total permanente, que implica que los titulares de dichos créditos no pueden pagar oportunamente su deuda y pierden su patrimonio, precisa el documento.

 
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