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Boletín N°. 3095 Elevar a rango constitucional el derecho a la protección de datos personales, pide PRD

Con el fin de elevar a rango constitucional el derecho de protección de datos personales, para asegurar que la información de carácter íntimo o privado no pueda ser manipulada o transmitida por terceros sin el consentimiento del individuo, la diputada Cristina Portillo Ayala (PRD) presentó iniciativa que adiciona el artículo 6º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La iniciativa de ley, asegura que actualmente es factible compilar información abundante sobre cada individuo y reunir un conjunto de datos que aisladamente nada dicen y por ello no se ocultan, pero que al ser presentados en forma sistematizada pueden generar prejuicios y discriminaciones que afecten la dignidad, la privacidad, la intimidad, la seguridad, la reputación y la imagen de la persona.

Agregó que los más diversos datos sobre la infancia, la vida académica, profesional o laboral, los hábitos,el uso del denominado dinero plástico, las relaciones personales o, incluso, las creencias religiosas e ideológicas, pueden ser compilados y obtenidos sin dificultad.

Lo anterior, precisó, permite acceder a un conocimiento cabal de actitudes, hechos o pautas de comportamiento que, sin duda, pertenecen a la esfera privada de las personas; a aquel ámbito al que sólo debe tener acceso el individuo y, quizá, quienes le son más próximos o aquellos a los que él autorice.

Aún más, el conocimiento ordenado de esos datos puede dibujar un determinado perfil de la persona o configurar su reputación o fama, lo cual,sin duda, puede ser valorado, favorable o desfavorablemente, para las más diversas actividades públicas o privadas del individuo, advirtió.

Señaló que el derecho a la intimidad no puede seguir considerándose simplemente como la ausencia de información acerca de nosotros en la mente de los demás, sino adquirir el carácter de control sobre sus datos.

Subrayó que este nuevo derecho fundamental tiene como propósito garantizar la facultad de los individuos para conocer y acceder a las informaciones que le conciernen archivadas en bancos de datos. Asimismo controlar su calidad, lo que implica la posibilidad de corregir o cancelar lo que considere inexacto o indebidamente procesado y disponer sobre su transmisión.

Aseveró que la iniciativa de ley recoge los principios de la doctrina jurídica internacional, que señala que los datos personales no podrán obtenerse por medios fraudulentos, desleales o ilícitos, y que el responsable de su tratamiento deberá guardar secreto sobre los mismos

 
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