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Boletín N°. 3109 Afecta gravemente a los autores, piratería de música, películas, programas de computación y libros, entre otros

·Legisladores del PAN proponenreformar la Ley Federal de Derechos de Autor

Ante el incremento de la piratería de música, películas, programas de computación, libros y otras creaciones protegidas por la Ley Federal de Derechos de Autor, la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional presentó una iniciativaque derogaría el artículo 40 y la fracción I del artículo 151 de la citada ley, así como los artículos 19 y 20 de su reglamento.

Con ello, los defraudadores de la Ley Federal de Derechos de Autor, conocidos como piratas, no podrán ampararse en los artículos que permiten la utilización y la copia de actuaciones, interpretaciones, fonogramas, videogramas o emisiones, sin autorización de los respectivos titulares, mientras sea solamente una vez y no se persiga un beneficio económico directo.

Un documento que suscriben el diputado Pablo Alejo López Núñez y el senadorJorge Zermeño Infante, afirma que el artículo 40 permite que los titulares de los derechos patrimoniales de autor exijan una remuneración compensatoria por la realización de cualquier copia o reproducción hecha sin su autorización y sin estar amparada por alguna de las limitaciones previstas en los artículos 148 y 151 de la ley.

Sin embargo, el artículo 148 de la misma ley, en su fracción IV permite la reproducción por una sola vez, y en un solo ejemplar, de una obra literaria o artística, para uso personal y privado de quien la hace sin fines de lucro; el artículo 151 establece, en su fracción I, que no constituye una violación a los derechos de autor la utilización de las obras si no se persigue un beneficio económico directo.

El texto publicado en la Gaceta Parlamentaria argumenta que es urgente contar con una legislación adecuada en materia de derechos de autor debido a la gravedad del problema en la actualidad; los artículos 40 y 151 de la ley antes mencionada favorecen la impunidad de quienes, actuando de forma dolosa, están perjudicando los legítimos derechos e intereses de los autores.

Acotaron que el uso indiscriminado de nuevas tecnologías ha puesto al alcance de todos herramientas de bajo costo capaces de reproducir, con calidad digital, cualquier obra o creación intelectual, además de transmitirla en fracción de segundos a cientos de miles de personas entrelazadas por medio de la internet.

Lo anterior hace evidentes las repercusiones en los derechos intelectuales, donde cada copia tiene la capacidad técnica y el potencial de servir de matriz para producir miles de copias a pedido de los internautas.

Los legisladores destacaron que el contenido ambiguo y subjetivo de la actual ley motiva que quienes realizan actividades contrarias a los derechos conexos al de autor se escuden en la misma para utilizar actuaciones, interpretaciones, fonogramas, videogramas o emisiones, sin autorización de los respectivos titulares, bajo el argumento de que no reciben un beneficio económico directo.

 
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