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Boletín N°. 3148 Lavado de dinero, delito que debe perseguirse de oficio,

·Arriesga la credibilidad del sistema financiero

Al considerar que el lavado de dinero amenaza la seguridad, estabilidad y soberanía del Estado, además de que corrompe las estructuras de las administraciones públicas y las actividades comerciales y financieras lícitas, la diputada federal del PRD, Cristina Portillo Ayala, propuso, a través de una iniciativa, que este ilícito se persiga de oficio y no esperar a que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público presente denuncia previa.

Destacó que la actual norma resulta ineficaz, por formalista, para proceder penalmente contra conductas delictivas en las que se utilizan servicios de instituciones financieras.

Señaló que en muchos casos, operaciones con recursos de procedencia ilícita se han realizado con impunidad, en virtud de que la Secretaría de Hacienda, a través de la Procuraduría Fiscal, no se denunció oportunamente para la debida persecución.

La diputada Portillo Ayala explicó que las operaciones con recursos de procedencia ilícita representan la etapa central en la empresa del delito, de donde se derivan dos acontecimientos necesarios para el dueño del capital: primero, se disfraza el origen ilícito de los fondos; segundo, se ayuda a lograr su impunidad.

Agregó que la delincuencia se ha globalizado, sus actividades se extienden a nivel internacional y sus operaciones pueden equipararse a las de empresas transnacionales, con todos los elementos tecnológicos necesarios para la eficacia en su operatividad criminal, creando a cada momento mecanismos más sofisticados para delinquir y difíciles de combatir.

Para lograr estos objetivos, dijo, los delincuentes utilizan diversas entidades, especialmente las instituciones financieras, para lavar dinero proveniente de actividades delictivas, lo que pone en peligro la solidez y estabilidad de dichas instituciones, así como la credibilidad del sistema financiero en su conjunto.

En su iniciativa, la legisladora del PRD propone, además, castigar con penas de cinco a quince años de prisión y de mil a cinco mil días de multa a quien realice o se involucre en actividades de lavado de dinero.

“La misma pena se aplicará a los empleados y funcionarios de las instituciones que integran el sistema financiero que dolosamente presten ayuda o auxilien a otro para la comisión de las conductas delictivas”, concluye.

 
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