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Boletín N°. 3208 El Jefe del Ejecutivo publica reformas aprobadas por la Cámara de Diputados a la Ley de Aviación Civil y de Aeropuertos

Por mandato de la Cámara de Diputados y con la observancia del Jefe del Ejecutivo, este jueves entran en vigor reformas y adiciones a las leyes de Aviación Civil, concernientes a las atribuciones de la autoridad aeronáutica y de Aeropuertos, sobre el otorgamiento de permisos para la operación de aeródromos.

Las modificaciones asegurarán que los aeródromos civiles cuenten con infraestructura, instalaciones, equipo, señalización, módulo de primeros auxilios y emergencias médicas, a fin de que la atención al usuario garantice seguridad, eficiencia y calidad.

Conforme al decreto presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación, a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, SCT, se adiciona la fracción XV al Artículo 6, pasando la actual XV a ser XVI de la Ley de Aviación Civil.

En lo relativo a la Ley de Aeropuertos, el decreto también reforma el segundo párrafo y adiciona un tercero al Artículo 18.

De esta forma, fija un plazo de no más de 90 días naturales para que la dependencia emita las resoluciones en torno al otorgamiento de permisos por 10 años para la administración, operación, explotación y, en su caso, construcción de aeródromos civiles distintos a los aeropuertos.

Precisa que este periodo deberá contarse a partir del día en que presente la solicitud debidamente integrada, y tratándose de aeródromos de servicio particular, una vez transcurrido el plazo se considerará autorizado el permiso si la Secretaría no comunica la resolución al promovente.

El párrafo adicionado indica que cuando la SCT resuelva de manera negativa contará con 30 días naturales para remitir al solicitante un documento explicativo sobre los motivos de la determinación en contra.

Las reformas establecen como atribución adicional de la SCT en materia de aviación civil y aeroportuaria la de aprobar el plan de vuelo que previamente el operador presente por escrito o transmita vía telefónica, interfono, frecuencia de radiocomunicación aeronáutica establecida o cualquier otro medio electrónico.

 
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