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Boletín N°. 3210 Entran en vigor reformas al Impuesto Sobre la Renta para ampliar el margen de deducibilidad en donaciones

• Se beneficiará a la población vulnerable con más de 39 mil toneladas anuales de alimentos, ropa y medicamentos

Por iniciativa de la Cámara de Diputados, a partir de este jueves entra en vigor la reforma a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, la cual amplía la lista de productos que pueden ser deducibles de impuestos: ropa, medicinas y comestibles, siempre y cuando sean donados a Bancos de Alimentos o a organizaciones dedicadas a la atención de problemas en materia alimenticia, de vestido, vivienda y salud de sectores de escasos recursos.

La modificación tiene su origen en la Cámara de Diputados, luego de que el diputado Gustavo Enrique Madero Muñoz, presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, presentara la modificación a la Ley ante el Pleno.

La reforma al segundo párrafo de la fracción XXII del artículo 31 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta establece que se extiende el tipo de bienes que pueden ser donados para beneficiar a población necesitada.

Con estas nuevas atribuciones se beneficia a Bancos de Alimentos y organizaciones dedicadas a proporcionar productos comestibles para la subsistencia de población vulnerable.

Actualmente de reparten más de 39 mil toneladas anuales; principalmente en albergues, orfelinatos, asilos, comedores comunitarios, poblaciones marginadas y localidades indígenas, pero se ampliar el universo de donantes.

Con la entrada en vigor de la modificación, los contribuyentes pueden efectuar deducción de mercancías, materias primas y productos sujetos a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, siempre y cuando se ofrezcan como donación a instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles

Con la modificación se beneficia a miles de mexicanos en situación de pobreza extrema y, a la vez, evita el desperdicio de bienes y productos que pueden ser aprovechados por un importante sector de la población.

 
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