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Boletín N°. 3287 Para evitar conflictos postelectorales, por lo cerrado de la competencia electoral, diputados del PRD, piden instaurar en México la segunda vuelta

A raíz de los acontecimientos que se desataron después del proceso electoral del dos de julio en México - donde el margen de diferencia entre dos de los candidatos presidenciales fue muy cerrado, y evitar conflictos y crispación en el ambiente político postelectoral - diputados del PRD presentaron una iniciativa para instaurar la figura de segunda vuelta.

La diputada María Cristina Portillo Ayala, PRD, presentó la iniciativa que reforma y adiciona los artículos 52, 56 y 81 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para establecer que si en las elecciones ninguno de los aspirantes a un mismo puesto obtiene más de la mitad de los votos, se realizaría una segunda vuelta entre los dos candidatos que hayan obtenido más votos.

Explicó que esta nueva votación se realizaría 30 días después de efectuada la primera si corresponde a un domingo, si no es así sería el domingo siguiente inmediato al referido trigésimo día y que el partido postulante podría nominar otro individuo para reemplazar a su candidato original.

La diputada argumentó que esta técnica permitirá obtener la mayoría absoluta de los sufragios como condición para hacerse acreedor al cargo en disputa, con la idea de que quienes resulten electos cuenten con una legitimidad asegurada por el voto favorable de la mayoría absoluta de los electores.

Este sistema, argumentó, se ha incluido exitosamente en varios países latinoamericanos: Brasil, Colombia, Chile, El salvador, Guatemala, Haití, Perú, República Dominicana y Uruguay, donde se requiere de la mayoría absoluta para ganar la elección. En Argentina, Nicaragua, Ecuador y Costa Rica se requiere más del 40 por ciento de los votos y una diferencia del 10 por ciento sobre su más cercano adversario.

La iniciativa pretende introducir la figura jurídico-electoral del balotaje, una variante más clásica de la segunda vuelta donde se requiere mayoría absoluta. A diferencia de los países latinoamericanos que han adoptado la fórmula, se propone no limitar su utilización al Poder Ejecutivo, sino extenderla a los cargos en el Congreso que sean elegidos por el principio de votación mayoritaria relativa.

Lo anterior a fin de encontrar consensos que tengan la mayor equivalencia posible en los dos poderes políticos del Estado e impulsar la formación de alianzas estratégicas para ganar la segunda vuelta, que luego se reflejarían a nivel parlamentario.

“Sólo de esta manera, la doble vuelta electoral no sería un elemento aislado, destinado a satisfacer objetivos vinculados con alguno de los órganos o de los ocupantes de uno de los poderes, sino que, por el contrario, se constituiría en un engranaje incorporado a toda la estructura, en la cual sus distintos componentes se corresponderían entre sí”, subrayó la diputada perredista.

La introducción de esta figura, explicó, repercutiría particularmente en la relación Ejecutivo-Legislativo; en el sistema de partidos políticos, en el logro de un mayor consenso a favor de quienes resulten electos y sobre el modo en que se canalicen las ofertas políticas en el electorado.

Esto generaría rápidamente la necesidad de formar coaliciones, alianzas y entendimientos entre partidos, a efecto de ver acrecentadas sus posibilidades electorales; el número de partidos disminuiría y podrían configurarse pocas pero fuertes alternativas políticas.

“Inclusive, la escena política experimentará una inclinación proclive a la polarización, la que indudablemente será susceptible de traducirse, ahora sí, en una confrontación bien definida ante la sociedad entre derechas e izquierdas”.

Además, la segunda vuelta electoral aplicada al Poder Ejecutivo y a determinados puestos del Legislativo, evitaría la proliferación de agrupaciones sin que su existencia provenga de una identificación concreta con la ideología y los intereses de un sector de la población.

También posibilitaría que quienes resulten electos cuenten con una cuota de legitimidad asegurada, producto del voto favorable de la mayoría absoluta de los votantes.

 
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