La Cámara de Diputados recibió del Senado de la República cambios a la Ley para el Desarrollo y Promoción de los Bioenergéticos, ordenamiento aprobado en San Lázaro el 8 de febrero y con el cual se impulsará la agroindustria para la producción de etanol y otros biocombustibles.
La ley que tendrá que ser nuevamente revisada en la Comisión de Agricultura y Ganadería para permitir la autosuficiencia energética del país mediante el uso de energías renovables.
Asimismo, fomentará la producción agrícola y el empleo productivo; orientará la agroindustria para la instalación de plantas procesadoras de etanol y otros bioenergéticos.
Pretende promover y fomentar la elaboración y desarrollo de combustibles limpios para uso automotriz, e impulsará la producción, distribución y comercialización de energías renovables provenientes de la biomasa.
La presente Ley es reglamentaria de los artículos 25, 27 fracción XX y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es de observancia general en toda la República Mexicana y tiene por objeto la promoción y desarrollo de los bioenergéticos con el fin de alcanzar la diversificación energética y el desarrollo sustentable como condiciones que permiten garantizar el apoyo al campo mexicano y establece las bases para:
I. Promover y desarrollar el uso de los bioenergéticos como elementos clave para contribuir a lograr la autosuficiencia energética del país;
II. Impulsar la producción agrícola y el empleo productivo a partir de la bioenergía;
III. Orientar la agroindustria para la instalación de plantas para el procesamiento de los productos agropecuarios que pudieran ser empleados en la producción de etanol y otros bioenergéticos;
IV. Promover y fomentar la producción y desarrollo de biocombustibles de uso automotriz;
V. Fomentar la producción, distribución y comercialización de bioenergéticos, provenientes de biomasa;
VI. Proporcionar los apoyos técnicos y presupuestales que se requieran para el desarrollo de bioenergéticos;
VII. Fomentar la creación de cadenas productivas relacionadas con los biocombustibles;
VIII. Establecer las bases para impulsar y proporcionar apoyos a la producción, tecnificación, comercialización y empleo de los bioenergéticos; y
IX. Coadyuvar al desarrollo rural del país, estableciendo acciones de impulso a la productividad y competitividad a partir de la diversificación energética
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