Los diputados de la LX Legislatura analizarán una minuta con proyecto de decreto, proveniente del Senado, por la que se expide la Ley General de Coordinación para la Educación y Profesionalización de los Miembros de las Instituciones Policiales (LGCEPMIP), cuya finalidad es asegurar que éstos continúen sus estudios y alcancen puestos más altos.
Queda asentado en la minuta que los programas y planes de estudio serán determinados por la Federación, a través de las Secretarías de Educación y Seguridad Pública, en coordinación con los gobiernos de los estados, para que la profesionalización corresponda a las necesidades regionales y nacionales en materia de seguridad.
También se argumenta que es prioridad de México establecer bases para la distribución de la función educativa y profesionalización de los miembros de las instituciones policiales, entre la Federación, el Distrito Federal, los Estados y Municipios; así estaría asegurada la eficiencia de su trabajo.
En la LGCEPMIP se establece que la actualización educativa debe ser posterior a la secundaria; quienes terminen el bachillerato o su equivalente podrán aspirar a un cargo de suboficial; si concluyen una carrera profesional tendrán derecho de buscar un grado de oficial.
Según la minuta, la educación de los elementos policiacos estará basada en los principios de legalidad, eficiencia, profesionalismo y honradez; así como en los objetivos, lineamientos y prioridades que demande el desarrollo y la seguridad integral del país.
Para los fines que busca esta ley, la Federación, el Distrito Federal, los Estados y Municipios considerarán la opinión de la sociedad civil e instituciones de educación superior, directamente y por conducto de sus agrupaciones representativas.
Asimismo, se establece que el Consejo Nacional de Seguridad Pública será un órgano de consulta de la Secretaría de Educación y del gobierno del Distrito Federal para cuando éstas lo soliciten, a fin de coordinar su trabajo.
Por último se explica que las instituciones públicas de educación, capacitación y profesionalización de los miembros de las instituciones policiales con carácter de organismos descentralizados podrán otorgar, negar o retirar reconocimiento de validez oficial a estudios en la materia
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