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Boletín N°. 1149 Presenta PVEM iniciativa que expide la Ley de los Instrumentos Económicos de Carácter Fiscal Ambientales (Favor de utilizar de sábado para domingo)

Para que a través del pago de contribuciones fiscales se incentiven cambios de conducta que beneficien la salud pública y el medio ambiente, los diputados Diego Cobo Terrazas y Carlos Puente Salas del PVEM, presentaron una iniciativa con proyecto de decreto que expide la nueva Ley de los Instrumentos Económicos de Carácter Fiscal Ambientales.

La iniciativa considera cargas tributarias en el manejo de pilas, todo tipo de combustibles, contaminantes atmosféricos, fertilizantes, productos químicos industrializados o naturales, energía eólica y nuclear y petróleo e hidrocarburos, entre otros.

“Están obligadas al pago de las contribuciones… las personas físicas y morales que por la realización de sus actos, obras o actividades tengan como consecuencia derrame o fuga al agua, suelo o espacio aéreo de cualquier combustible, según corresponda”, establece el cuerpo de la ley.

México experimenta un importante desgaste o pérdida de sus recursos naturales como consecuencia de su utilización en los procesos productivos y requiere de recursos considerables para restaurar este deterioro al ambiente, por ello, la ley introduce al derecho fiscal el término Costos por Degradación del Medio Ambiente.

En la exposición de motivos resalta la contaminación por descarga de aguas residuales; los giros industriales con mayor volumen de vertimiento de aguas negras para el año 2002 fueron los de acuacultura, azúcar y petróleo, pues desecharon 67, 45 y 11 metros cúbicos por segundo, respectivamente, a caudales de ríos.

En este contexto, se agrega, en el mismo año la tasa de mortalidad por enfermedades diarreicas en niños menores de cinco años fue de 21 a nivel nacional; en Chiapas, la tasa aumenta a 50 y fue la entidad federativa con mayor mortalidad para las mujeres: por esta causa murieron 57 de cada mil niñas.

Asimismo se explica que de acuerdo con la OCDE, México ha erogado solamente el 0.7 por ciento de su Producto Interno Bruto para actividades que coadyuvan en la prevención, reducción y eliminación de la contaminación; Italia, por ejemplo, destina a este rubro el 1.9 por ciento de su PIB.

Finalmente, la iniciativa argumenta que las empresas mexicanas que tienen presencia transnacional sí cumplen con las disposiciones jurídicas en materia ambiental en el extranjero y por ello deben cumplir con obligaciones ambientales más estrictas en el país.

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