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Boletín N°. 1150 Dos mil trabajadoras nudistas de bares y centros nocturnos carecen de protección laboral (Favor de utilizar de domingo para lunes)

Debido a que el Sindicato de Trabajadores de Centros Nocturnos, Bares, Restaurantes y Table Dance tiene registradas alrededor de dos mil trabajadoras nudistas en la Ciudad de México, el diputado José Alfonso Suárez del Real y Aguilera (PRD) propuso reformas a la Ley Federal de Trabajo, a efecto de que se hagan acreedoras a los derechos laborales y de seguridad social que la norma plantea.

Suárez del Real y Aguilera dijo que en la actualidad no existe un reglamento que norme esta actividad, situación que no permite identificar derechos y obligaciones, así como la de losdueños, clientes, autoridades civiles y policiales en relación con esta actividad.

Precisó que se han hecho intentos por establecer un ordenamiento jurídico de la prostitución, sin embargo, independientemente del sistema que se establezca en cada país, es imposible prever la clandestinidadque se asociacon la prostitución y que responde a diversos factores socioculturales y a la doble moral sexual.

Indicó que el Estado no puede desconocer una realidad que lacera a miles de personas en México, especialmente mujeres; “quedan reducidas a materia prima para los peores abusos y cuando pretenden defenderse se les espeta que carecen de derechos”.

El diputado del PRD resaltó que al incluir un capítulo XIII-A al Título Sexto de la Ley Federal del Trabajo, relativo a las y los trabajadores sexuales, se podrán considerar sus derechos laborales, aun cuando exista o no contacto físico directo con el cliente, en cabaretes, bares, discotecas, centros nocturnos y establecimientos análogos.

Mencionó que las obligaciones de los patrones será contratar para la prestación de servicios sexuales exclusivamente a personas mayores de dieciocho años. Así como la instrucción necesaria para el cuidado de su salud y la de sus clientes facilitándoles los elementos necesarios.

Además de llevar el listado de nómina, abstenerse de obligarlas a consumir alcohol o drogas, así como de intervenir de cualquier manera en la vida reproductiva, y sobre todo dar de alta un día antes de que inicien la prestación de sus servicios al registro obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social y al INFONAVIT.

En tanto que los derechos de las trabajadoras, sostuvo, es obtener un salario no menor al mínimo general del área geográfica por una jornada legal, que el patrón no se quede con más del 50 por ciento del pago del cliente, y a no ser despedida en caso de embarazo.

Sus obligaciones: cumplir con las normas necesarias para preservar su salud, evitar provocar riñas o cualquier otro problema que altere la disciplina en el centro de trabajo, y ejercer coacción o cualquier acto de violencia en contra de los clientes.

José Alfonso Suárez expresó que indudablemente la actividad que realizan es un trabajo que se desarrolla como cualquier otro, ya que es subordinada a un patrón persona física o moral como cabarates, centros nocturnos, discotecas, bares, table dance, “razón por la cual se encuentran sujetas a un horario, salario, disciplina y lugar de trabajo”.

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