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Boletín N°. 1608 Maestros no pueden dar medicamentos a niños con síntomas de hiperactividad (Favor de utilizar de domingo para lunes)

A efecto de evitar que maestros administren medicamentos que contengan sustancias psicotrópicas o estupefacientes, a estudiantes que presenten síntomas del llamado Síndrome de Hiperactividad y Déficit de Atención, la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos aprobó el dictamen a la minuta con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones de Ley General de Educación.

Durante una reunión, sostenida en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el presidente de este grupo de trabajo legislativo, Tonatiuh Bravo Padilla (PRD), indicó que el objetivo es frenar el uso de estas sustancias recetadas de manera automática por maestros.

Dijo que estos problemas deben manejarse con “un seguimiento pedagógico y didáctico de otra naturaleza, no precisamente médico”.

Asimismo, diputados integrantes de diversas fracciones parlamentarias señalaron que la precisión del contenido de este articulado es adecuada porque no deja a la deriva la posibilidad de que, en casos de emergencia, se pudiera suministrar otro medicamento, lo que consideraron como una ventaja.

Propusieron que se realice un trabajo coordinado entre los legisladores y las secretarías de Educación Pública y de Salud para que se haga llegar información a las escuelas sobre las modificaciones legales a fin de precisar con mucho cuidado la administración y los efectos de tales medicamentos.

Asimismo, indicaron que la redacción propuesta por esta comisión no cohíbe el proceder que, en un momento dado, pudiera tener un profesor para enfrentar una situación que, aunque no sea catalogada como emergencia, sí requiera unaatención inmediata.

Por ello, los diputados integrantes de esta Comisión acordaron modificar la minuta enviada por el Senado de la República para cerrar el paso a interpretaciones que pudieran ocasionar problemas mentales o físicos a los estudiantes, por el consumo de estos fármacos.

El documento elaborado por la colegisladora señalaba en la redacción para el artículo 75 de la Ley General de Educación que son infracciones de quienes prestan servicios educativos, administrar a los educandos, sin previa prescripción médica o consentimiento informado de los padres o tutores, cualquier tipo de medicamento, excepto en situación de emergencia.

En el documento se considera que diversos artículos de la Ley General de Salud establecen que los estupefacientes y psicotrópicos sólo pueden ser prescritos por determinados profesionales de la salud.

Se propone especificar claramente, mediante la adición de la fracciónXIII del artículo 75 de la Ley General de Educación, que es una infracción administrar a los educandos, sin previa prescripción médica y consentimiento informado de los padres o tutores, cualquier tipo de medicamento que contenga sustancias psicotrópicas y estupefacientes.

Asimismo, se plantea agregar la fracción XIV a este mismo precepto para especificar como infracción la expulsión o negación del servicio educativo a niñas, niños y adolescentes que presenten problemas de aprendizaje y condicionar su aceptación o permanencia en el plantel a someterse a tratamientos médicos específicos; presionar de cualquier manera a los padres o tutores para que acudan a médicos o clínicas específicas que no sean oficiales para la atención de problemas de aprendizaje de los educandos.

También se plantea la necesidad de endurecer las medidas para evitar que los prestadores de servicios educativos dejen de administrar estos medicamentos a los estudiantes que presenten síntomas de hiperactividad y/o déficit de atención, ya que estos desórdenes pueden tener sus causas en problemas psicosociales o físicos que podrían ser tratados con estrategias pedagógicas, psicológicas, nutricionales y de apoyo familiar, entre otras.

En este sentido, se propone agregar una fracción III en el artículo 76 de la misma ley, para sancionar con multa de hasta cinco mil salarios mínimos y la revocación de la autorización o retiro del reconocimiento de validez oficial de estudios correspondiente, a quienes incurran en los supuestos mencionados, sin perjuicio de las sanciones penales y de otra índole que resulten.

Además, se señala que en caso de reincidencia, las multas impuestas podrán duplicarse.

El dictamen aprobado en esta Comisión, pasará al Pleno en próximos días para su votación.

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