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Boletín N°. 1659 Proponen dar transparencia al manejo del financiamiento de los partidos

Con objeto de transparentar las actividades de los partidos políticos y eliminar el riesgo de fomentar comportamientos que deriven en actos de corrupción, sobre todo en el manejo de sus financiamientos, el diputado Luis Gustavo Parra Noriega (PAN) presentó una iniciativa de reformas a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe).

Señaló que es necesario ajustar la legislación para lograr un régimen jurídico que responda a las exigencias de la ciudadanía y refleje la madurez política y cívica de todos los actores que intervienen en los procesos electorales.

Planteó reformar el artículo 11 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, y agregar en un capítulo del Cofipe las obligaciones en materia de transparencia a que se verán sujetos los partidos y agrupaciones políticas.

Reconoce que los partidos políticos son entidades de interés público que tienen a su cargo tareas complejas que impactan tanto en la esfera pública como en la privada, por lo que es necesario respetar su naturaleza jurídica.

Explicó que con esta iniciativa se consolidará la Reforma Electoral; “representa un avance en los sistemas de control de los partidos políticos en lo que se refiere al ejercicio de su actividad, reconociéndolos como instituciones fundamentales en la vida democrática del país, en quienes los ciudadanos depositan su confianza para ser representados”.

Se remitió a las Comisiones Unidas de la Función Pública y de Gobernación, para su estudio y dictamen.

Facultades de la SCJN

Por su parte, la diputada Aleida Alavez Ruiz (PRD) presentó una iniciativa de reformas al artículo 97 de la Constitución a fin de reivindicar una facultad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en cuanto a los alcances de las investigaciones que realiza la SCJN y el señalamiento de los responsables de violaciones a garantías desde una posición de poder.

Se plantea que los procedimientos de investigación se llevarán a cabo con apego a lo que disponga el Código Federal de Procedimientos Penales para practicar las averiguaciones previas en materia de investigación de delitos federales.

Estipula que el Pleno de la Corte tendrá la facultad de interpretar o aclarar las disposiciones de dicho código, respecto a la aplicación de las normas que generen dudas.

También podrá indicar responsabilidades concretas de los violadores de las garantías constitucionales o del voto público, y precisar las sanciones que correspondan.

Las autoridades que pudieran aplicar o solicitar la sanción punitiva correspondiente podrán rehusarse a cumplimentar las conclusiones, pero tendrán la obligación de fundamentar las razones por las que no se adhieren al dictamen de la SCJN. Se remitió a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Proponen reglamentar transporte de explosivos

El diputado priista Yerico Abramo Masso presentó una iniciativa de reformas a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, a fin de sujetar el transporte de material explosivo a reglas de seguridad más estrictas.

Propone establecer los requerimientos de seguridad que deberán cubrirse antes y durante el transporte del material explosivo, las condiciones físicas del transporte utilizado, el camino y la ruta que debe ser utilizada en estos casos, entre otras medidas.

La reforma propuesta al artículo 60 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos estipula, entre otras cosas, que la Sedena deberá dar el permiso para transportar materiales explosivos dentro del territorio nacional y certificará las medidas de seguridad adoptadas en cada viaje en específico; además, notificará a las autoridades estatales la ruta que seguirá.

Plantea diversas medidas de seguridad a efecto de evitar que estos materiales circulen dentro de las poblaciones, lo que representa un riego para sus habitantes; además, propone que los transportes vayan acompañados de convoy de seguridad con un carro guía, uno de retaguardia y un convoy militar para su resguardo; y contar con material y equipo necesario para enfrentar cualquier siniestro.

En cuanto al artículo 61, señala que la transportación que se derive de permisos concedidos por la Sedena deberá ajustarse a las medidas de seguridad que establecen las leyes, reglamentos y normas aplicables en materia de transporte de materiales peligrosos.

En caso de incumplimiento, se prohibirá la salida del almacén o lugar de origen y si, por ese incumplimiento, se causa un siniestro que produzca lesiones, muertes o destrucción de inmuebles, será retirado el permiso de manera inmediata a la empresa titular de éste y le será aplicada una multa para la reparación de daños. Se remitió a la Comisión de Defensa Nacional para su estudio y dictamen.

Reformas a la Constitución y Ley de Aguas Nacionales

Enseguida, el diputado Antonio Medellín Varela (PAN) propuso incluir el agua de lluvia como parte de las aguas nacionales y considerar las acciones relacionadas con su uso y aprovechamiento como una actividad de interés público, mediante reformas al artículo 27 de la Constitución y a diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales.

Señaló que México tiene un promedio anual de 780 milímetros de precipitación pluvial, que corresponde a mil 532 millones de metros cúbicos; en la zona norte y en el altiplano, la media anual es inferior a los 500 milímetros y sólo en una porción del sureste la precipitación supera los dos mil milímetros.

Consideró que es fundamental potenciar la cosecha de lluvia y hacer de la planeación, el desarrollo de programas, los proyectos; la generación, transferencia y puesta en marcha de las diversas tecnologías para el adecuado manejo del agua de lluvia, una opción real y efectiva para mitigar los efectos de las inundaciones y de las sequías, además de disminuir las extracciones de agua de los acuíferos contribuyendo a estabilizar los mantos freáticos.

Se envió a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Recursos Hidráulicos.

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