Histórico Comunicación Social
Boletines
Agencia de Noticias
Monitoreo de Medios
Entrevistas
Galerias
Prensa Extranjera
Prensa Regional
 
 
 
comunicaciónsocial
 
años:
| 2013 | 2012 | 2011 | 2010 | 2009 | 2008 | 2007 | 2006 | 2005 |
 
meses del 2013:
| Diciembre | Noviembre | Octubre | Septiembre | Agosto | Julio | Junio | Mayo | Abril | Marzo | Febrero | Enero |
 
Boletín N°. 2559 Impulsan diputados del PRI más facultades a la Auditoría Superior de la Federación (Favor de utilizar de lunes para martes)

Una iniciativa presentada por los diputados Gerardo Sosa Castelán y Samuel Palma César, del PRI, plantea otorgar mayores facultades a la Auditoría Superior de la Federación (ASF) para investigar casos de trascendencia nacional donde se presuman irregularidades en la aplicación de recursos públicos y evitar con ello la creación de comisiones especiales o de investigación, como las de los casos Fox y Mouriño.

De acuerdo con el diputado Sosa Castelán, la modificación al artículo 79 de la Constitución permitiría fiscalizar temas de gran importancia para el país, cuando haya denuncia o solicitud específica de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.

Hizo énfasis en la necesidad de fortalecer a la ASF y continuar en la tarea de cerrar los espacios de corrupción y discrecionalidad que aún se presentan en el ámbito federal, así como para mejorar las normas que soportan la transparencia y rendición de cuentas en el ejercicio gubernamental.

Agregó que la iniciativa, que fue turnada a las comisiones de Puntos Constitucionales y de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, y que reforma los artículos 79 y el 100 de la Carta magna, elimina los candados de temporalidad para la revisión de las Cuentas Públicas y modifica su fecha de entrega, así como del informe correspondiente.

El legislador indicó que se propone que la ASF inicie la revisión de los recursos presupuestales, financieros, así como de desempeño del ejercicio fiscal concluido, a partir del 15 de enero del año siguiente al cierre del ejercicio respectivo.

Lo anterior, con base en un programa de auditorías, visitas e inspecciones preliminares, precisándose que en ese periodo no se podrán revisar los estados financieros de las entidades hasta que estén dictaminados.

El diputado proponente explicó que la última reforma en materia de fiscalización, del 19 de febrero del 2008, establece que la Cuenta Pública debe presentarse a la Cámara de Diputados a más tardar el 30 de abril del año siguiente, y que la ASF deberá entregar el informe de la revisión antes del 20 de febrero del año siguiente al de su presentación.

Mencionó que a pesar de que dicha modificación permitirá contar con mayor oportunidad con la información sobre el resultado del ejercicio fiscal para retroalimentar el proceso presupuestario y tomar decisiones para la asignación de los recursos públicos, es necesario complementarlo con las reformas constitucionales a los artículos 79 y 100.

De esa forma, abundó, la Auditoría Superior de la Federación estará provista de las facultades necesarias para llevar a cabo una eficiente supervisión del manejo de las finanzas públicas federales, lo cual, para un país democrático, es de suma importancia.

Asimismo, dijo, se precisa la competencia de la Auditoría Superior para fiscalizar al Poder Judicial de la Federación y evitar nuevas controversias.

Al respecto, recordó que el ente fiscalizador ordenó en la revisión de la Cuenta Pública de 2006 practicar al Consejo de la Judicatura Federal la auditoría de desempeño número 227, denominada "Evaluación del Sistema de Carrera Judicial", para conocer la eficacia y economía del Sistema de Carrera Judicial.

Esa circunstancia, refirió, motivó que el Consejo presentara al pleno de la Suprema Corte de Justicia una consulta para definir si la ASF tenía competencia para evaluar el sistema, y si dicho Consejo estaba obligado a cumplimentar el requerimiento de información, en los términos en que fue formulado.

La consulta, dijo, se debió a que el Consejo de la Judicatura Federal consideró que a Auditoría Superior de la Federación, al pretender fiscalizar el aspecto normativo y la valoración de las decisiones sobre los procesos de selección, estaba rebasando sus atribuciones y vulnerando la autonomía del Poder Judicial de la Federación.

“En opinión del propio Consejo, como de algunos ministros de la Suprema Corte, la atribución de la ASF está limitada a fiscalizar sólo la gestión financiera o presupuestaria, no obstante que la Constitución es clara en los señalamientos de la competencia del máximo órgano de fiscalización”, subrayó.

Resaltó que si bien el Poder Judicial de la Federación tiene independencia para garantizar la actuación interpretativa de las leyes aplicándolas de forma libre y sin sometimientos a ninguna otra autoridad, no lo libera de la práctica de auditorías de desempeño, conforme a lo dispuesto en el artículo 79 de la Constitución.

Por ello, explicó Sosa Castelán, para evitar interpretaciones innecesarias en cuanto a las atribuciones de la Auditoría Superior de la Federación, se propone adicionar un último párrafo al artículo 100 de la Constitución, en el que se precise con claridad la obligación del Poder Judicial de la Federación para atender ese tipo de auditorías.

-- ooOoo --

 
difusión
comunicación
 
Senado | Auditoría Superior de la Federación | Canal del Congreso | Contáctenos