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Boletín N°. 3388 Grupos parlamentarios se comprometen a crear agenda legislativa sobre cambio climático y seguridad nacional

El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en votación económica un acuerdo en el que los grupos parlamentarios se comprometen a trabajar de manera coordinada para consensuar e instrumentar una agenda legislativa en materia de cambio climático y seguridad nacional.

El acuerdo de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) precisa que México es uno de los países más vulnerables a los efectos del cambio climático, ya que 15 millones de mexicanos están en riesgo de sufrir directamente las consecuencias de inundaciones; por otro lado, la desertización podría afectar hasta un 40 por ciento de la superficie nacional cultivable.

Exhorta al Senado de la República a conformar un grupo de trabajo multipartidista que se coordine con los diputados en la instrumentación de la agenda legislativa en materia de cambio climático y seguridad nacional, que tenga continuidad durante la próxima legislatura.

Se pide al Poder Ejecutivo Federal, a través de la Comisión Intersecretarial de Cambio Climático, integrar un grupo técnico de trabajo con el Poder Legislativo Federal, con la finalidad de construir una agenda legislativa común en materia del cambio climático, en ese sentido se solicita a los gobiernos de cada entidad designar a sus representantes para que se incorporen a este grupo.

La vulnerabilidad de nuestro país frente al fenómeno del cambio climático obliga a reconocer que se trata de un asunto de seguridad nacional. “Si no se toman las medidas pertinentes, los efectos pueden ser capaces de revertir los avances del desarrollo económico y la seguridad humana”, precisa el documento.

Para actuar de manera efectiva frente al cambio climático, abunda el acuerdo, es indispensable generar una agenda transversal, multidisciplinaria e interinstitucional que considere la importancia de la vulnerabilidad, adaptación, prevención y mitigación de sus efectos.

Comunicaciones

De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público se recibió el oficio que informa que el Servicio de Administración Tributaria, por conducto de las autoridades aduaneras locales competentes, en octubre de 2008 dio destino únicamente a mercancía perecedera, de fácil descomposición o deterioro y no transferible al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes. Se envió a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

A la Comisión de Gobernación fue canalizada una minuta que contiene proyectos de decreto que concede permiso a diversos ciudadanos para aceptar condecoraciones que les otorgan gobiernos extranjeros.

El Congreso de Chihuahua presentó tres iniciativas; la primera adiciona tres párrafos al apartado A del artículo 223 de la Ley de Derechos, relativa a la conservación del ciclo hidrológico de las fuentes de agua y el equilibrio de los ecosistemas regionales. Se mandó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Otra cambia la fracción II del artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, cuyo fin es que las madres que hayan adoptado disfruten de un descanso de seis semanas posteriores a la entrega del menor adoptado. Fue canalizada a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

Una última modifica el artículo 130 de la Ley del Seguro Social, a efecto de otorgar el derecho a la pensión de viudez al cónyuge, ya sea hombre o mujer. A falta de esposa o esposo, tendrá derecho a recibir la pensión, la mujer o varón con quien el asegurado o pensionado por invalidez vivió, durante los cinco años que precedieron inmediatamente a la muerte, si hubiera tenido hijos y permaneció libres de matrimonio durante el concubinato. Se canalizó a la Comisión de Seguridad Social.

A la Comisión de Trabajo y Previsión Social fue enviada una iniciativa del Congreso de Jalisco que adiciona dos párrafos al artículo 69 de la Ley Federal del Trabajo, con el objeto de que el trabajador que sea padre disfrute de una licencia por paternidad remunerada de diez días naturales, la cual podrá otorgarse desde la fecha de nacimiento de su hija o hijo o antes de ésta.

Indica que en caso de que fallezca la madre, a consecuencia del parto, el padre del niño o niña podrá gozar de una licencia consistente en seis semanas, con los mismos derechos que la mujer.

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