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Boletín N°. 3466 Aprueban en comisión el paquete de reformas en materia de justicia

La Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen de la minuta que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de los Códigos Federal de Procedimientos Penales y Penal Federal, de las Leyes Federal Contra la Delincuencia Organizada, que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, de la Policía Federal Preventiva, la Orgánica de la Procuraduría General de la República, Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y de Procedimiento Contencioso Administrativo.

Con este paquete de reformas se busca redefinir las facultades de la policía, ampliar los alcances legales del Ministerio Público (MP), homologar sanciones y responsabilidades de los funcionarios, fortalecer la formación policial y disminuir los recursos de la delincuencia, a través de los no derechos de los delincuentes sobre bienes, a fin de que éstos se apliquen a favor del Estado.

Las modificaciones al Código Federal de Procedimientos Penales confieren al MP la facultad de proteger a las víctimas de un delito, cuando exista el riesgo para su vida o su integridad corporal; es decir, se consolida la obligación pública del Estado que consiste en brindar seguridad y auxilio en los procedimientos legales.

Se sustituye el concepto Policía Judicial Federal por el de Policías, de forma genérica, por considerarse en desuso, en virtud de la reciente reforma constitucional en materia de seguridad pública y justicia penal.

Se establece la participación de las policías en la investigación de los delitos, entre las que se encuentran la detención de las personas y el aseguramiento de bienes que el MP, quien estará al mando de éstas, considere tienen relación con los hechos delictivos.

Plantea que el registro inmediato de la detención constituye una obligación a cargo de la policía investigadora dentro de la averiguación previa; lo anterior, se explica en el documento, obedece a que, de conformidad con el artículo 16 constitucional, cualquier persona está facultada par detener a un probable responsable en casos de fragancia.

La reforma al artículo 61 del Código Federal de Procedimientos Penales tiene como objetivo garantizar la certeza y objetividad en el desarrollo del cateo que solicite el MP, por cualquier medio, a la autoridad competente. Se abunda que en los casos en que dicha autoridad no resuelva en el plazo de 24 horas sobre la solicitud, el MP podrá recurrir al Tribunal Unitario para que éste lo determine en un plazo igual.

Respecto a la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, las modificaciones tienen como propósito otorgar la facultad al titular de la unidad especializada en la investigación y persecución de delitos cometidos por la delincuencia organizada para autorizar la reserva de la identidad de los agentes de la policía infiltrados, así como de los que participen en la ejecución de órdenes de aprehensión, detenciones en fragancia y cateos.

Asimismo, busca acotar el arraigo a los casos en que sea necesario para el éxito de la investigación, de la protección de las personas, de bienes jurídicos o cuando haya riesgo fundado de que el inculpado pueda evadir la acción de la justicia, sin que esta medida pueda exceder los 40 días.

Las reformas a la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados darán atribuciones a la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) para aplicar normas específicas en el Distrito Federal (DF) y en los reclusorios dependientes de la federación.

En el dictamen se determina que a los internos indígenas se les dará, para su reincorporación social, el beneficio de cumplir sus condenas en los centros penitenciales cercanos a su domicilio, siempre y cuando no sean sujetos involucrados con el crimen organizado o requieran medidas especiales de seguridad.

Se propone también que en materia de delincuencia organizada la reclusión preventiva y la ejecución de penas se lleve a cabo en centros especiales de alta seguridad, del DF y los estados.

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