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Boletín N°. 3474 Trato equitativo de género en la Armada de México, señala dictamen

En la Sesión de la Cámara de Diputados se conoció en primera lectura un dictamen de la Comisión de Marina que reforma diversas disposiciones de las Leyes Orgánica, y de Ascensos de la Armada de México, para que éstas sean aplicables sin distinción, garantizando la equidad de género y la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

Se indica que a pesar de que la participación de las mujeres en la carrera de las armas es cada vez mayor, en el caso de la Armada de México, el porcentaje de mujeres que se encuentra sirviendo en sus filas corresponde al orden del 14 por ciento.

Menciona que hoy en día México cuenta con valiosas herramientas para el diseño e implantación de políticas públicas que atiendan este problema. Por lo que resulta indispensable actualizar la legislación en la materia, con el objeto de garantizar a todos los mexicanos y mexicanas condiciones de igualdad y equidad.

El documento precisa que la evolución de la agenda nacional de equidad de género reafirma la importancia de la igual participación y plena injerencia de las mujeres en todos lo esfuerzos que están encaminados al mantenimiento y la promoción de la democracia, la paz y la seguridad.

Ley General de Salud

De la Comisión de Salud se conoció un proyecto de decreto que adiciona tres párrafos al artículo 33 de la Ley General de Salud, a fin de introducir el derecho al consentimiento informado del paciente en las actividades de atención médica.
En primer lugar, establece la obligación de las personas que realizan actividades médicas de informar al paciente o a sus familiares respecto de la atención de su salud.

Precisa el derecho del paciente a que, recibida la información, pueda negarse a aceptar el tratamiento, a través de un acto otorgado mediante ciertas formalidades.

Finalmente, menciona los casos en que podrá darse la intervención sin consentimiento, cuando la falta de aquélla pueda derivar en riesgo a la salud pública, o de daño irreversible o muerte para el paciente.

Ley de Amparo

En la Sesión se conocieron en primera lectura dos dictámenes de la Comisión de Justicia. El primero reforma el párrafo primero del artículo 12 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política para que se establezca que los gobernadores y el jefe de Gobierno del Distrito Federal puedan ser representados directamente en el juicio de amparo por conducto de los titulares de sus respectivas oficinas de asuntos jurídicos o representantes legales.

Se facilitaría y garantizaría la defensa en los juicios de amparo de los actos de estas autoridades, a fin de evitar las dificultades prácticas que su falta de representación en el juicio de garantías pudiera provocar.

Con la reforma se podrían realizar a través de los representantes de los gobernadores de los estados y jefe de Gobierno del D.F, promociones antes y después de las audiencias, concurrir a éstas, rendir pruebas, formular alegatos y promover los incidentes y recursos previstos por la ley.

El segundo, modifica los artículos 19, 27, tercer párrafo; 28, fracción I, 33, y adiciona al artículo 87, un párrafo tercero de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Carta Magna, a fin de que se establezca la figura de la representación de las autoridades responsables en el juicio de amparo, adecuando el ejercicio de sus funciones y obligaciones a la realidad social que impere y a las necesidades de las Administración Pública Federal, estatal y municipal.

Se precisa que las notificaciones se entenderán con los representantes de las autoridades, de conformidad con los acuerdos generales que se expidan, a efecto de no dilatar el procedimiento interno burocrático.

Licencias de diputados

En su oportunidad, se aprobaron las licencias por tiempo indefinido de los diputados Moisés Alcalde Virgen, Ángel Rafael Deschamps Falcón y Felipe Borrego Estrada, integrantes del Partido Acción Nacional.

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