La Comisión de Gobernación aprobó el dictamen a la minuta que expide la Ley Federal para el Control de Sustancias Químicas susceptibles de desvío para la fabricación de armas químicas, y adiciona la fracción XVII al artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales.
Su objetivo es establecer medidas de control a los sujetos que realicen actividades relacionadas con las sustancias químicas susceptibles de desvío, así como respecto de las instalaciones, tecnología, equipo especializado y común utilizado para dichas actividades.
El órgano que preside el diputado Diódoro Carrasco Altamirano (PAN) precisa que es de vital importancia contar con un instrumento legal que permita aplicar controles a quienes realicen actividades relacionadas con las sustancias químicas susceptibles de desviarse en su uso para la fabricación de armas de destrucción en masa, así como respecto de las instalaciones, tecnología, y equipo especializado y corriente que se utilice para esas actividades.
Lo anterior, en virtud del acceso que podrían tener grupos terroristas sobre esos productos y, por ende, de la posibilidad de emplearlos en la fabricación de armas químicas de destrucción en masa, para preparar ataques que atenten contra la seguridad de los individuos y de los propios estados.
Considera que la ausencia de los mencionados controles en el orden jurídico nacional conlleva, entre otras consecuencias, que el Estado pueda ser utilizado para traficar de manera ilegal armas químicas, sus componentes y todo aquello relacionado con su fabricación.
Es por ello que se plantee un instrumento legal en materia de seguridad nacional, con el propósito de atender los fenómenos relacionados con la prevención de amenazas a la seguridad del Estado, tales como el terrorismo y el tráfico ilegal de armas químicas de destrucción de masa.
La aplicación de la Ley corresponderá al Ejecutivo Federal por conducto de las Secretarías de Gobernación; Relaciones Exteriores; Defensa Nacional; Marina; Seguridad Pública; Medio Ambiente y Recursos Naturales; Economía; Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; Comunicaciones y Transportes, y Salud, así como la Procuraduría General de la República, el Servicio de Administración Tributaria y Autoridad Nacional.
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