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Boletín N°. 3493 Aprueban reformas para facilitar que deudores cumplidos salgan del Buró de Crédito

Con el propósito de establecer medidas que faciliten la salida de quienes están registrados en el Buró de Crédito, la Cámara de Diputados aprobó el dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia.

El documento, avalado durante la sesión de hoy en San Lázaro por 296 votos a favor, propone modificar el artículo 61 de dicho ordenamiento para facultar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) a imponer multa de 200 a dos mil salarios mínimos a las entidades financieras que utilicen para fines laborales la información contenida en la base de datos del Buró de Crédito, sin que exista una resolución judicial.

Con ello, se protege al cliente del uso de datos negativos para fines laborales, salvo por mandamiento judicial o legal que así lo amerite.

El artículo 68 establece que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) podrá castigar con una multa de 100 a mil veces el salario mínimo a funcionarios, empleados de empresas comerciales o a estas mismas, que se abstengan de informar al Buró de Crédito el cumplimiento del cliente; envíen información al mismo sin soporte documental o se utilice información con fines laborales.

Con la modificación al artículo 60 se faculta a la CNBV para imponer multa similar al Buró de Crédito que incorpore en la base primaria de datos información sobre cartera vencida sin ajustarse a los términos establecidos o cuando la entidad financiera envíe al Buró información sin contar con el soporte documental.

La reforma tiene por objeto robustecer la seguridad jurídica de los clientes de entidades financieras, empresas comerciales y Sofoles; lograr mayor responsabilidad por parte de éstas y fortalecer la relación contractual entre el cliente y la entidad financiera.

Se plantea que las instituciones mencionadas informen al Buró de Crédito sobre el cumplimiento del cliente, así como cuando éste se acoja a un programa de recuperación y finiquite el crédito.

Una vez aceptado en lo general y en lo particular, se envió al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

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