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Boletín N°. 3515 Prisión de tres a siete años a médicos negligentes que provoquen muerte o dañen función corporal del paciente

A fin de imponer de tres a siete años de prisión y de doscientos a cuatrocientos días multa al médico que ponga en peligro la vida o provoque la muerte del paciente, cause la pérdida de un miembro y afecte alguna función vital o corporal, el diputado Cuauhtémoc Velasco Oliva (Convergencia) presentó una iniciativa que adiciona el artículo 229 Bis al Código Penal Federal.

En la exposición de motivos de la iniciativa, que se turnó a la Comisión de Justicia, se menciona que la profesión médica implica obligaciones de carácter ético y profesional para quienes la ejercen, de tal manera que su transgresión omisa o culposa debe sancionarse penal o civilmente.

Velasco Oliva agregó que la falta de cuidado, negación, práctica indebida, negligencia, impericia, omisión o descuido, deben ser considerados como delitos graves por las consecuencias físicas y morales que provocan.

“Si bien es cierto que el Código Penal Federal establece sanciones para el delito de abandono, también lo es que actualmente el tipo penal no sanciona los factores mencionados”.

“Existe una diferencia entre lo ausente o la negación y la negligencia, impericia, falta de cuidado, omisión o descuido; ya que en el primer supuesto, el médico responsable puede manifestar infinidad de evasivas, pretextos y excusas que conllevarían a generar un perjuicio en la integridad física del paciente por su ausencia o simple negación en asistir para garantizar la salud del ser humano”.
Dijo que el objetivo de la penalidad es garantizar el bien jurídico tutelado que es la vida y la salud personal; así como el buen desempeño de los médicos y de quienes se encuentran a cargo de la vigilancia y atención del paciente.

El médico se vería limitado por el Código Penal Federal para poder excusarse con facilidad de su responsabilidad profesional; toda vez que lo orillaría a profesionalizarse constantemente y a responsabilizarse moral, física y jurídicamente ante las instituciones públicas y privadas del sector salud.
Proponen reformas a Ley Orgánica del Congreso
Para que los integrantes de la comisión o comisiones que se nieguen a emitir su opinión sobre los dictámenes que les fueron turnados, sean acreedores a un descuento del 5 por ciento de un mes de dieta, el diputado Octavio Martínez Vargas (PRD) presentó una iniciativa que reforma los Artículos 23 y 39 de la Ley Orgánica del Congreso General.
Además, la comisión dictaminadora deberá expresar en su dictamen el nombre de la comisión o comisiones que se negaron a emitir dicha opinión, se plantea en la propuesta.
El legislador argumentó que las comisiones ordinarias son el corazón del Congreso; dan trámite y cauce a los trabajos legislativos, a las iniciativas y puntos de acuerdos en dictámenes, que en ocasiones requieren apoyarse de una opinión o resolución de alguna otra comisión, con la finalidad de enriquecer el trabajo legislativo, dijo.
Martínez Vargas enfatizó que se “tiene que atender el rezago legislativo, pero con responsabilidad y seriedad, analizado puntualmente y apoyándonos en las opiniones que emitan las otras comisiones”.
Dijo en tribuna que de aprobarse su propuesta se fomentaría la asistencia de los diputados a las reuniones ordinarias de estos órganos legislativos. Se remitió a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.
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