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Boletín N°. 0917 Perseguir vía querella el delito de discriminación y tipificarlo en el Código Penal Federal: Lourdes Hinojosa (Favor de utilizar de domingo para lunes)

Para tipificar el delito de discriminación en el Código Penal Federal, a fin de que sea perseguido por querella y establecer las penas correspondientes, reforzando con ello la garantía individual establecida en el artículo 1 de la Constitución Política, la diputada Adriana de Lourdes Hinojosa Céspedes (PAN) presentó una iniciativa.

Señaló que ante la realidad que vivimos de violencia y discriminación contra los grupos menos favorecidos, es necesario tomar acciones encaminadas a hacer valer los derechos de todos y velar por la dignidad de la persona.

Advirtió que al menos diez mil mujeres y niñas han sido asesinadas de manera violenta en los últimos 10 años, y entre 2002 y 2007 fallecieron mil personas por crímenes homofóbicos.

La Asociación por la no Discriminación Laboral por Edad o Género señala que dicho fenómeno ha aumentado en los últimos cinco años; que hay un millón 144 mil 329 personas desempleadas por discriminación laboral, y 55 por ciento de la desocupación se origina por alguna clase de discriminación, refirió la diputada.

Hinojosa Céspedes mencionó que en el país, los delitos contra la dignidad de las personas han tomado dimensiones considerables. De acuerdo con estadísticas de la Secretaría de la Defensa Nacional, 3 mil 726 mujeres fueron asesinadas de diciembre de 2006 a octubre de 2009.

“La mayor parte por violencia intrafamiliar, pero siete por ciento corresponde a las que fueron ejecutadas, cayeron abatidas en enfrentamientos entre grupos del crimen organizado o que mataron traficantes de personas”, abundó.

En cuanto al mercado laboral, precisó que 90 por ciento de las ofertas de empleo deja fuera a las personas mayores de 35 años. Cifras de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social revelan que “en México persiste la discriminación laboral, pues hay una brecha de 30 por ciento entre los ingresos de mujeres y de hombres; sólo 25 por ciento de las personas con discapacidad están ocupadas; 3 de cada 10 trabajadoras son discriminadas por estar casadas o tener hijos, y un reducido número de adultos mayores recibe prestaciones sociales”.

Por ello, enfatizó, es necesaria la adición del Título Tercero Bis, con los artículos 149 Ter y 149 Quáter, del Libro Segundo del Código Penal Federal, a fin de tipificar el delito de discriminación y que éstos sean perseguidos por querella.

Se propone establecer pena de uno a tres años de prisión y multa de cien a doscientos cincuenta días a quien provoque o incite al odio o a la violencia; a quien en ejercicio de sus actividades profesionales, mercantiles o empresariales deniegue a una persona un servicio o prestación a que tenga derecho; niegue o restrinja derechos laborales; veje o excluya a alguna persona o grupo cuando dichas conductas tengan por resultado un daño material o moral; o niegue el acceso a la educación básica obligatoria.

Además, imponer de dos a cinco años de prisión y multa de doscientos a trescientos días al servidor público que deniegue o retarde a una persona un trámite, servicio o prestación a que tenga derecho, así como la destitución e inhabilitación de su cargo por mismo periodo de prisión.

La diputada del PAN subrayó que no serían consideradas discriminatorias las medidas referentes a la protección de los grupos socialmente desfavorecidos.

Resaltó que actualmente el Código Penal Federal no incluye el tema de crímenes por discriminación, cuando entidades como Aguascalientes, Colima, Coahuila, Chiapas, Distrito Federal, Durango y Veracruz ya lo han tipificado, reforzando con ello la garantía individual establecida en el artículo 1 de la Carta Magna, que dice: "Queda prohibida toda discriminación… que tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y las libertades de las personas".

Diversos países han adecuado su legislación ante la necesidad de proteger a las minorías contra el daño material y moral derivado de conductas discriminatorias, resultantes del odio racial, de la xenofobia y de otras conductas gravemente discriminatorias por razones raciales, étnicas o nacionales, agregó.
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