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Boletín N°. 4131 Crearán un registro público para casas de empeño

• Deberán denunciar a usuarios que empeñen objetos robados
• La Profeco fortalecerá la supervisión de estos negocios

La Cámara de Diputados aprobó un dictamen que reforma la Ley Federal de Protección al Consumidor, para ampliar la regulación de las casas de empeño y proteger a los usuarios de estos servicios otorgándoles mayor seguridad jurídica.

Con el dictamen aprobado por 328 votos a favor, 10 en contra y una abstención, se busca fortalecer las facultades de supervisión y control de la Profeco, mediante la creación de un registro público de casas de empeño.

Se dará seguridad a los consumidores obligando a las casas de empeño a publicar información fidedigna de los términos y condiciones de su operación, así como de los costos e intereses del mutuo prendario.

Se establece la garantía al consumidor de que la casa de empeño no desaparecerá sin cumplir sus obligaciones mediante constitución de fianzas o garantías; corresponsabilizar a éstas para que denuncien prácticas atípicas de usuarios que pudieran estar empeñando artículos robados.

En el documento se precisa que dichas instituciones de préstamo han registrado un crecimiento importante en los últimos 25 años, y que 80 por ciento de los usuarios son amas de casa, y el resto, estudiantes, desempleados, jubilados y pensionados.

El diputado Daniel Gabriel Ávila Ruiz (PAN) indicó que se han multiplicado, pero no se cuenta con un registro certero sobre ellas ni de sus operaciones, pues en abril de 2009, la Profeco tenía registradas mil 449 casas, pero sólo la tercera parte de las comerciales cuentan con registro.

De acuerdo con la Asociación de Casas de Empeño, precisó, en el país operan alrededor de cinco mil controladas por 30 grandes corporativos. Las entidades con más casas de empeño son Veracruz, Nuevo León, Distrito Federal, el Estado de México, Baja California, y Sinaloa.

Indicó que las casas de empeño, voluntaria e involuntariamente, se han convertido en cómplices y facilitadores de delitos, ya que delincuentes recurren a ellas a empeñar enseres producto de robos a casa habitación. “Levantan sospechas sobre el lavado de dinero producto de diversos ilícitos”.

La diputada Susana Hurtado Vallejo (PRI) señaló que con la reforma se exhorta al Ejecutivo Federal a expedir una Norma Oficial Mexicana que determine los elementos de la información que se incluirán en los contratos de adhesión.

Agregó que la reforma propone aclarar la definición de las casas de empeño, para que se abarquen a todas las instituciones que conforman el sector prendario y establecer en la Profeco un registro público de las mismas.

Por el PT, Jaime Fernando Cárdenas Gracia indicó que en el dictamen se legalizan algunas prácticas incorrectas y la usura. “Me preocupa que en todo el dictamen no haya una línea para limitar el cobro de intereses; no se señala un tope máximo, por lo que, el dictamen carece de la suficiente orientación social”.

El diputado Óscar González Yáñez (PT) agregó que las casas de empeño se han convertido no sólo en un lugar de visión “rapaz” de la pobreza de la sociedad mexicana, e hizo votos por regular la tasa de interés y que cuando la prenda se pierda la devolución financiera sea más alta de lo que fue prestado.

Votación en lo particular

Con 328 votos a favor, siete en contra y cero abstenciones, se aprobaron las reservas propuestas por la diputada Susana Hurtado Vallejo (PRI), al artículo 65 Bis-1, a fin de establecer que la garantía de la casa de empeño deba de otorgar a favor de la federación, sea de cualquier naturaleza de las previstas en el Reglamento de la Ley del Servicio de Tesorería y de la Federación; y que su cálculo sea equivalente a la cantidad que le resulte a la diferencia entre el valor total del inventario de la casa de empeño y del monto total que ha otorgado el préstamo.

Ello dijo Hurtado Vallejo, con el fin de tener una norma de equidad proporcional, que no represente elevar los costos de los servicios prestados a los pignorantes, así como que no sean discriminatorios todos los tipos de garantías que puedan tener el mismo efecto y que no se favorezca únicamente a las compañías afianzadoras.

Aprobado en lo general y en lo particular el dictamen que reforma los artículos 65 Bis y 128 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, se mandó al Senado de la República.

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