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Boletín N°. 1294 Aprueban en comisión minuta de la Ley de Responsabilidad Ambiental, incluye la reparación de daños

09-04-2013.- La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, que preside la diputada Lourdes Adriana López Moreno (PVEM), aprobó la minuta que crea la Ley de Responsabilidad Ambiental, con el objetivo de establecer el concepto de daño ambiental y la obligatoriedad de repararlo.

La diputada señaló que no existía en ninguna de las normas ambientales el concepto de daño ambiental y esta ley permitirá conceptualizarlo y precisar la especificidad de reparación de daño ambiental.

Explicó que reparar el daño ambiental es un avance de gran importancia porque normalmente ante una afectación a un ecosistema, cuando se identifica quién la ocasiona, termina en una sanción económica, suspensión o clausura, pero el daño ambiental permanece.

Enfatizó que con esta nueva ley se logra que quien ocasione el daño se haga responsable de repararlo y eso implica que los costos que esto tenga los asuma como tal.

Consideró que se le han dado “muchos golpes” a nuestros recursos naturales y aunque las autoridades actúen con sanciones administrativas, económicas o clausuras, el daño queda.

Ni la federación, estados y municipios cuentan con recursos para restaurar un ecosistema, que a veces eso es mucho más costoso que una multa, añadió la legisladora.

López Moreno detalló que se establecen sanciones de 20 mil hasta de 450 mil días de salario mínimo, porque hay quienes dicen que les resulta más barato pagar la multa que realizar las condicionantes para no afectar al medio ambiente y “con esta ley les va a salir más barato respetar las condicionantes y la normatividad que pagar una multa”. Además, de la multa están los costos que implique reparar el daño ambiental realizado, aclaró.

Precisó que la Secretaría de Medio Ambiente establecerá los esquemas para analizar de acuerdo a la afectación el tipo de multa. También los casos de reincidencia tendrán un trato más estricto.

Dijo que con esta ley se fijan mecanismos alternativos de justicia ambiental, que permite que cuando alguien afecte un ecosistema, previo a llevar todo un proceso de carácter jurídico para establecer el esquema de reparación del daño, pueda asumir esa responsabilidad de manera voluntaria a través de un proceso de acuerdos, de justicia alternativa con la comunidad afectada y con la intervención de las autoridades para el seguimiento del caso.

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