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Boletín N°. 1105 Derogan del Código Civil Federal la figura de promesa de matrimonio; no tiene aplicación jurídica

14-03-2013.- La Cámara de Diputados aprobó derogar del Código Civil Federal la figura de promesa de matrimonio, toda vez que es inoperante, obsoleta e inadecuada a las necesidades reales de la población y no responde a las actuales expectativas de la sociedad.

Con 408 votos a favor, 2 en contra y 2 abstenciones, se acordó derogar del artículo 139 al 145 de este Código, dado que esta figura no produce obligación de contraerlo, ni puede estipularse pena alguna por no cumplir la promesa.

En el dictamen, se precisa que en la actualidad el matrimonio entre menores de edad es un acontecimiento latente provocado por diversos factores, y el Código Civil Federal contempla y tutela su protección, ya que el matrimonio no puede llevarse a cabo sin el consentimiento de sus padres, abuelos y a falta de éstos el aval de las autoridades judiciales o administrativas en el Distrito Federal.

Se refiere que entidades como Coahuila, Chiapas, Chihuahua, Guanajuato, Hidalgo, Michoacán, Jalisco, Distrito Federal, Estado de México, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sonora, Yucatán y Zacatecas han modificado sus legislaciones civiles, en las cuales se ha derogado la institución de esponsales.

Debido a la liberalización de costumbres y a la disminución de la importancia social del matrimonio, se afirma, “los esponsales no tienen una gran relevancia jurídica, aunque a nivel social perviven bajo la forma de noviazgo”.

La doctrina define a los esponsales como la promesa de matrimonio mutuamente aceptada; quienes contraen esponsales son esposos (hombre y mujer). Jurídicamente, los esponsales son un contrato, de naturaleza preparatoria, ya que conducen al contrato definitivo del matrimonio.

Se argumenta que la inoperancia, ineficacia e invalidez social de la institución de los esponsales son totalmente fundados, ya que se considera que una simple promesa no garantiza el cumplimiento del acto jurídico y solemne del matrimonio, el cual si genera derechos y obligaciones y es la base jurídica de la familia y del desarrollo de la especie humana, “por lo que se considera procedente derogar esta figura jurídica”.

La diputada Alfa Eliana González Magallanes (PRD) argumentó que en el país existen regiones donde los usos y costumbres aprueban este tipo de promesas, pero en muchos casos esta situación se presta al intercambio de niñas o adolescentes por bienes materiales o dinero; “pese a esto, esta figura ha venido en desuso”, agregó.

Resaltó que en México, a pesar de que dicha figura dejó de ser vigente, aún en el Código Civil Federal está prevista; por ello, se debe derogar, toda vez que “es una práctica que no produce consecuencias legales”.

De Movimiento Ciudadano, la diputada Zuleyma Huidobro González expresó que esta figura es anquilosada, insustancial e improcedente para responder a las necesidades y expectativas de la sociedad mexicana actual.

Precisó que es sorprendente que este tipo de formas sigan teniendo vigencia, primordialmente, por la baja tasa de matrimonios y el aumento de los divorcios en la última década, aunado a los cambios en la concepción de la familia tradicional y el reconocimiento de nuevas formas de unión.

A su vez, la legisladora Lucila Garfías Gutiérrez (Nueva Alianza) señaló que con esta derogación se responde a un cambio social de una institución que se considera en desuso y obsoleta, toda vez que como está actualmente el Código, se atenta contra el principio del interés superior de la niñez.

Indicó que existen otras figuras de relación en pareja, como las sociedades de convivencia y la unión libre, lo que deja a la figura de los esponsales “sin mayor relevancia jurídica en el país”.

Se remitió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
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