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Boletín N°. 1142 Aprueba Comisión de Economía tres dictámenes para agilizar juicios de comercio

19-03-13.- La Comisión de Economía aprobó tres dictámenes para modificar diversas disposiciones del Código de Comercio. El primero, reforma el artículo 1414 bis 7, con el objeto de brindar certeza jurídica a quienes lleven a cabo un proceso judicial en el que estén involucradas garantías mobiliarias.

El presidente de este órgano legislativo, Mario Sánchez Ruiz (PAN) explicó que en agosto de 2009 se estableció el Registro Único de Garantías Mobiliarias (RUG) como una herramienta de consulta sobre los derechos en torno a un bien mueble, la retención sobre bienes muebles y privilegios especiales, además de otros aspectos jurídicos.

Agregó que uno de los problemas que se presentan actualmente es que no hay ninguna disposición que establezca la obligación de consultar el RUG en una transacción de crédito mobiliario.

“El conflicto se da en el momento en que se elabora una demanda donde se reclama el pago del crédito y se desconoce la existencia de los derechos de terceros”, dijo.

Añadió que dicho conflicto se agrava cuando existe sentencia y comienza el pago del crédito, situación que lleva a futuros juicios de amparo, donde además del objeto de garantía se le puede exigir al juzgador el pago de daños y perjuicios.

Esta reforma, abundó, busca fortalecer el RUG y establecer la obligatoriedad para que los acreedores e instituciones financieras detallen la garantía del bien mueble en transacción, además de estar disponible en el sitio, a fin de evitar daños a terceros.

“Con ello, se ayudará a conocer si el bien está o no libre de gravámenes o anotaciones preventivas”.

La modificación al artículo 1414 bis 7, establece que: “el actor deberá demostrar fehacientemente que realizó una consulta al Registro Único de Garantías Mobiliarias, y establecer en su escrito inicial de demanda, el resultado de la misma. Lo anterior, a fin de garantizar el derecho de audiencia de un probable tercero perjudicado. En su caso, el juez deberá realizar la notificación correspondiente”.

De igual forma se aprobó el dictamen que reforma el artículo 1070, para eliminar la obligatoriedad de publicar un emplazamiento de edicto en medios de comunicación impresos de circulación nacional y, en su lugar, efectuarlo en medios locales o estatales.

El fin de esta reforma, señaló su proponente, el diputado Juan Manuel Gastélum Buenrostro (PAN) es eliminar los costos de los juicios para los particulares, simplificar los trámites que enfrentan los sectores productivos nacionales y ayudar a la mejora regulatoria del país.

El último dictamen aprobado es para reformar diversas disposiciones relativas a otorgar claridad en la solución de conflictos derivados de los actos de comercio.

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