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Nota N°. 0593 Presenta iniciativa Nueva Alianza para acotar el fuero constitucional de los servidores públicos

Palacio Legislativo, 12-XII-2006 (Notilegis).- Con la intención de acotar el fuero constitucional y que éste retome su verdadera naturaleza, esencia y se utilice como herramienta de protección para el mejor desempeño del servidor público y no como una situación de privilegio, el diputado Jacinto Gómez Pasillas, de Nueva Alianza, presentó una iniciativa de reforma a diversas disposiciones de la Constitución y de la Ley Federal de Responsabilidad de los Servidores Públicos.

Gómez Pasillas explicó que de acuerdo con el artículo 111, en el que se prevé el procedimiento de Declaración de Procedencia, sólo es viable en caso de responsabilidad penal, quedando excluidos, tanto la responsabilidad civil, como el Juicio Político, marcado en el artículo 110.

“La iniciativa que se propone, no se traduce en evitar que el servidor lleve eficientemente el ejercicio público, sino que éste se realice lo mas transparente posible, toda vez que el funcionario que sea enjuiciado, al demostrar su inocencia o irresponsabilidad penal puede reanudar su función pública”.

En tal virtud, el legislador chihuahuense plantea que los funcionarios públicos que sean responsables por violaciones a la Constitución, a las leyes federales y locales, así como por el manejo indebido de fondos y recursos federales, responderán de manera directa ante las autoridades competentes, sin que se requiera declaración de procedencia en los casos de delitos graves del fuero común y federal, o cuando se trate de flagrante delito.

Recordó que el espíritu del Constituyente, al establecer la figura del fuero, lo hizo con la intención de proteger a los servidores públicos de persecuciones, presiones económicas, atropellos o encarcelamiento, “que en tiempo atrás servia a los gobiernos despóticos para abatir su independencia o para quitarlos del escenario político, en función de mantenerse en el poder”, recordó.

En ese escenario, el fuero de que gozan, obedece a la necesidad de permitir el desempeño de la función pública en forma eficiente. “El fuero es una figura de protección a la investidura que se representa, y no al funcionario público como persona, tal como lo establece el artículo 61 de nuestra Carta Magna, en el caso de los Diputados y Senadores”.

Jacinto Gómez señaló que el funcionario público debe ser sancionado cuando haga mal uso o abuse del poder público, sea en ejercicio de sus funciones o en la comisión de delitos derivados de sus actos personales y acciones privadas.

RRA

 
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