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Nota N°. 0683 Garantizar al propietario de terrenos expropiados indemnizaciones justas, propone iniciativa

Palacio Legislativo 21-XII-06 (Notilegis).-Con la finalidad de que las expropiaciones sólo se hagan por causa de utilidad pública y mediante indemnización, la fracción parlamentaria del PRD promoverá una reforma al artículo 27 constitucional.

El diputado Constantino Acosta Dávila explicó que todo ciudadano tiene derecho a la propiedad, sin embargo, la Constitución también establece que las expropiaciones sólo podrán hacerse por causa de utilidad pública y mediante indemnización.

Señaló que si se parte del hecho de que la tierra pertenece a la Nación y que a través del tiempo se ha ido regularizando para que cada individuo tengan un pedazo de tierra, tampoco se debe olvidar que la expropiación surge de la necesidad de un bien para la sociedad.

Dijo que la expropiación consiste en desposeer legalmente de tierra a su propietario, lo que constituye un acto administrativo por el cual el Estado afecta determinados bienes, por causa de utilidad pública, para satisfacer necesidades que están por encima del interés privado.

Detalló que es necesario que el gobernado no quede desprotegido al emitirse algún decreto expropiatorio y que los gobiernos, al emitir cualquier expropiación, la realice conforme a derecho, dando oportunidad al afectado de oponerse a mediante el procedimiento que rige la audiencia previa.

AAP

 
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