Palacio Legislativo, 08-II-2007 (Notilegis).- Que se castigue con una pena de 15 a 40 años de prisión, y de 500 a dos mil días de multa, a quienes participen en los llamados secuestros virtuales, a través de llamadas telefónicas o vía correo electrónico, propuso en una iniciativa el diputado Juan Francisco Rivera Bedoya (PRI), que plantea reformar el artículo 366 del Código Penal Federal.
De acuerdo a las consideraciones del legislador, esta modificación legal permitiría considerar como privación de la libertad aquellas acciones realizadas por medios cibernéticos, electromagnéticos y de telefonía, que generen beneficio indebido.
El diputado por el Estado de Nuevo León explicó que entre 2004 y 2006 los secuestros virtuales (sólo los que se denunciaron), aumentaron en mil 700 por ciento, situación que generó beneficios para los delincuentes. “Es lamentable que los secuestradores virtuales actúen con mayor impunidad, y a veces, pareciera que lo hacen con la complicidad de las autoridades carcelarias y de los distintos cuerpos policiacos”.
Dijo que estas organizaciones criminales actúan cada vez con mayor intensidad, por lo que es necesario “contar con instrumentos jurídicos y materiales eficaces, para que las instituciones del Estado logren su inhibición, en aras de una mayor tranquilidad en la sociedad”.
“Quienes se ven afectados nunca más pueden volver a ser los mismos, la normalidad en las familias no se recupera jamás, y la convivencia en sociedad se ve alterada de manera radical”, concluyó.
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